Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2017 (31/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de marzo de 2017 /

El Peruano

orgánica del OSITRAN se rige por su Reglamento de Organización y Funciones; Que, por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, con el fin de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General de OSITRAN, así como para promover una gestión eficiente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles; Que, a través de la Resolución Suprema N° 0472016-PCM, de fecha 08 de marzo de 2016, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del OSITRAN; asimismo, a través de la Resolución N° 061-2015-PD-OSITRAN, se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del OSITRAN, el cual entró en vigencia al día siguiente de la entrada en vigencia del CAP Provisional; instrumentos que identifican a los cargos de confianza de la institución; Que, mediante Resolución N° 017-2016-PD-OSITRAN, de fecha 27 de abril de 2016, se aprobó la actualización de la política de implementación de la Estructura Remunerativa, documento de gestión que viabiliza la implementación progresiva del CAP Provisional; Que, a través de la Resolución de Gerencia General N° 051-2016-GG-OSITRAN, se aprobó la Directiva que regula la promoción de servidores civiles y designación de personal en cargos de confianza del OSITRAN; Que, los artículos 8 y 9 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN señalan que la Presidencia del Consejo Directivo es el titular de la Entidad y tiene entre otras funciones, la de designar a los empleados de confianza; Que, con Resolución de Presidencia N° 032-2016-PDOSITRAN, se aprobó la modificación del Manual de Descripción de Puestos del OSITRAN, el mismo que contiene los perfiles de puestos comprendidos en el CAP Provisional de OSITRAN, para su adecuación a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Clasificación de Cargos vigente y la normatividad aplicable emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, en el marco de lo señalado en los párrafos precedentes, mediante Memorando N° 036-2017-PDOSITRAN, se presentó la propuesta para la designación del Asesor Legal, puesto que depende funcional y estructuralmente de la Presidencia Ejecutiva, calificado como Empleado de Confianza en el CAP Provisional del OSITRAN, a fin que se efectúe la evaluación del cumplimiento del perfil del candidato; Que, mediante la Nota N° 141-2017-GA-OSITRAN, la Gerencia de Administración remitió el Informe N° 064-2017-JGRH-GA-OSITRAN, a través del cual la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos, luego de haber llevado a cabo las verificaciones requeridas conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2.2 de la Directiva que regula la promoción de servidores civiles y designación de personal en cargos de confianza del OSITRAN, señala que el candidato propuesto reúne las condiciones para ser designado en el cargo referido; Que, la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración informó, además, que la plaza de Asesor Legal se encuentra presupuestada en el Presupuesto Analítico de Personal, aprobado por Resolución de Presidencia N° 003-2017-PD-OSITRAN; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través de la Nota N° 068-17-GAJ-OSITRAN, tomando en consideración la opinión técnica emitida por la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos, ha encontrado que la mencionada propuesta se ajusta a la normatividad sobre la materia, siendo jurídicamente viable; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el

nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modificatorias; y la Directiva que regula la promoción de servidores civiles y designación de personal en cargos de confianza del OSITRAN, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 051-2016-GG-OSITRAN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Susana Ruth Villavicencio Maltese, en el cargo de confianza de Asesor Legal, que depende estructural y funcionalmente de la Presidencia Ejecutiva del OSITRAN. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ANTONIO BALBUENA VELA Presidente del Consejo Directivo (e) 1503870-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Norma que Modifica el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 048-2017-CD/OSIPTEL Lima, 21 de marzo de 2017 Norma que Modifica el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones

MATERIA :

VISTOS: (I) El Proyecto de Norma presentado por la Gerencia General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, que modifica el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolución Nº 047-2015-CD/OSIPTEL; y, (II) El Informe Nº 00011-ST/2017 de la Secretaría Técnica de los Órganos Colegiados, que sustenta el proyecto de norma antes señalado; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modificada por las Leyes Nº 27631 y Nº 28337, el OSIPTEL ejerce, entre otras, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, así como la facultad de tipificar las infracciones por incumplimiento de obligaciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el Consejo Directivo del OSIPTEL es el órgano competente para ejercer de manera exclusiva la función normativa;

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