Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de mayo de 2017 /

El Peruano

El Memorándum N° GAJ-459-2017 del 27 de abril de 2017, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica remite el proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Disposición Complementaria Final de la Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 037-2016-OS/CD. CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el artículo 4 de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, y en el artículo 5 de la Ley Nº 28964, Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras a Osinergmin, las funciones de Supervisión, Supervisión Específica y Fiscalización atribuidas a este organismo pueden ser ejercidas a través de empresas supervisoras; Que, asimismo las referidas normas establecen que las empresas supervisoras son personas naturales o jurídicas debidamente calificadas y clasificadas por el Osinergmin, cuya contratación se realiza respetando los principios de igualdad, no discriminación y libre competencia, para lo cual el Consejo Directivo de Osinergmin aprueba mediante resolución los criterios y procedimientos específicos para su calificación y clasificación, así como para su contratación, designación y ejecución de los servicios que realizan; Que, mediante Resolución Nº 037-2016-OS-CD, el Consejo Directivo aprobó la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras", la cual rige entre otros aspectos, la selección, contratación y ejecución de los servicios de las Empresas Supervisoras; Que, habiéndose advertido que los procesos de fiscalización de los recursos recaudados del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), tienen procesos similares a los de fiscalización de Aportes por Regulación que se encuentran a cargo de la Gerencia de Administración y Finanzas, en atención al principio de eficacia y eficiencia, corresponde que la fiscalización de dichos recursos sea asumida igualmente por la mencionada Gerencia; Que, a efectos que la Gerencia de Administración y Finanzas cumpla con la labor de fiscalización de los recursos recaudados por concepto del FISE, resulta necesario modificar la Única Disposición Complementaria Final de la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras", con la finalidad de que la mencionada Gerencia pueda ser considerada como Área Solicitante en cuanto a los requerimientos de servicios relacionados con la referida fiscalización; Que, considerando que las disposiciones materia de la presente resolución se encuentran únicamente relacionadas a un cambio con alcances internos respecto al proceso de selección y contratación de las empresas supervisoras, no corresponde su publicación para recibir comentarios. Sin perjuicio de ello, con la finalidad de contribuir a la transparencia de los procesos de selección y contratación de empresas supervisoras, se dispone su publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal interinstitucional a fin de que sea de conocimiento público; Con la conformidad de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica, y estando a lo aprobado por el Consejo Directivo en la sesión Nº 16-2017 en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo de la Ley Nº 27699; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de Directiva Modificar la Única Disposición Complementaria Final de la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras", aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 037-2016-OS-CD, quedando redactada de la siguiente manera: "Disposición Complementaria Final ÚNICA.- Para efectos del numeral 3.1 del artículo 3 de la presente Directiva, la Gerencia de Administración

y Finanzas califica como Área Solicitante únicamente en lo concerniente a los servicios de fiscalización tributaria del Aporte por Regulación, así como a los servicios de supervisión y fiscalización de la recaudación de los recursos del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE)." Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo (e) 1519423-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aceptan renuncia de Jefe de Gestión de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 075-2017-GG-OSITRAN Lima, 5 de mayo de 2017 VISTOS: El Informe Nº 0121-2017-JGRH-GA-OSITRAN de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos; la Nota Nº 0204-2017-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; la Nota Nº 097-17-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2015PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, con el fin de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM y sus modificatorias; así como para promover una gestión eficiente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 047-2016PCM de fecha 8 de marzo de 2016, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del OSITRAN; asimismo, por Resolución de Presidencia Nº 061-2015-PD-OSITRAN y su modificatoria, se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del OSITRAN; instrumentos que identifican a los cargos de confianza y directivos superiores de libre designación y remoción de la Institución; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 038-2016-GG-OSITRAN del 1 de abril de 2016, se aprobó el Cuadro de Equivalencia de Puestos del Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por Resolución Suprema Nº 338-2008-PCM y sus modificaciones y actualizaciones, con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobado por Resolución Suprema Nº 047-2016-PCM, determinándose en cada caso la denominación actual, respetando en todos los aspectos la categoría y remuneración de cada trabajador; Que, por Resolución de Presidencia Nº 017-2016-PDOSITRAN de fecha 27 de abril de 2016, se aprobó la actualización de la política de implementación de la Estructura Remunerativa; documento de gestión que viabiliza la implementación progresiva del CAP Provisional;

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