Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Viernes 12 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

77

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1518-2017-MP-FN Lima, 11 de mayo de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Zuleika Raquel Morey Prado, Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Octava Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2418-2016-MP-FN, de fecha 19 de mayo de 2016. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Zuleika Raquel Morey Prado, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Octava Fiscalía Provincial Civil de Lima, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1519703-5

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Emiten opinión favorable para que el Banco Financiero del Perú S.A. lleve a cabo el "Tercer Programa de Bonos Subordinados Banco Financiero"
RESOLUCIÓN SBS Nº 1673-2017 Lima, 26 de abril de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú S. A. (en adelante, el Banco) de fecha 30 de noviembre de 2016, para que se le otorgue opinión favorable para la emisión del Tercer Programa de Bonos Subordinados (en adelante, el Programa) computable en su Patrimonio Efectivo Nivel 2, hasta por la suma de S/ 300,000,000.00 (trescientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en Dólares Americanos, con una vigencia de seis (06) años; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General), faculta a las empresas del sistema financiero a emitir y contraer deuda subordinada; Que, el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las empresas del sistema financiero aprobado

por Resolución SBS Nº 975­2016 (en adelante, el Reglamento), regula lo dispuesto en los artículos 184º y 233º de la Ley General respecto a la emisión y contratación de deuda subordinada, así como a la determinación de la porción computable de dicha deuda en el patrimonio efectivo; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º del Reglamento, para emitir deuda subordinada las empresas deben presentar a esta Superintendencia la correspondiente solicitud de autorización, debiendo adjuntar la documentación requerida en los artículos 9º y 13º del mismo Reglamento, la cual ha sido recogida en el procedimiento Nº 111 Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011 y sus modificatorias; Que, en Junta General de Accionistas del Banco celebrada el 22 de marzo de 2016, se acordó por unanimidad delegar en el Directorio la facultad de acordar la emisión de obligaciones de bonos subordinados o de cualquier otro tipo; Que, en sesión de Directorio Nº 14-2016 celebrada el 25 de octubre de 2016 se aprobó por unanimidad la emisión del Tercer Programa de Bonos Subordinados ­ Banco Financiero, hasta por un monto de S/ 300,000,000.00 (trescientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en Dólares Americanos, con una vigencia de seis (06) años; Que, el Banco ha cumplido con los requisitos exigidos por el Reglamento y el procedimiento Nº 111 del TUPA de esta Superintendencia, y los términos y condiciones del Programa cumplen las disposiciones establecidas en el Reglamento para ser autorizado por esta Superintendencia y ser computado como parte del Patrimonio Efectivo de Nivel 2 del Banco. Asimismo, que el monto de dicho Programa no excede los límites fijados en los numerales 1 y 2 del artículo 185º de la Ley General; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E", el Departamento Legal y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Asesoría Jurídica y Riesgos; De conformidad con el procedimiento Nº 111 del TUPA de esta Superintendencia aprobado mediante Resolución Nº 3082-2011, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Banco Financiero del Perú S. A. lleve a cabo un programa de emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada denominado "Tercer Programa de Bonos Subordinados ­ Banco Financiero" hasta por la suma de S/ 300,000,000.00 (trescientos millones con 00/100 soles) o su equivalente en Dólares Americanos, con una vigencia de seis (06) años, conforme a los términos expuestos en el proyecto de contrato presentado a este Superintendencia, computable en el Patrimonio Efectivo nivel 2 y sujeto a los límites definidos en los numerales 1 y 2 del artículo 185º de la Ley General. Regístrese, publíquese y comuníquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1518889-1

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. el traslado de oficina en la modalidad de agencia ubicada en el departamento de Piura
RESOLUCIÓN SBS Nº 1746-2017 Lima, 2 de mayo de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.