Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de mayo de 2017 /

El Peruano

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de una oficina en la modalidad de agencia ubicada en el departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1349-2006 de fecha 13.10.2006, se autorizó la apertura de una agencia ubicada en la Calle Apurímac N° 476 (Centro Cívico), distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura. Asimismo, mediante Resolución SBS N° 488-2007 de fecha 23.04.2007, se precisó la dirección en el Jirón Cuzco Nº 401, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura; Que, en sesión de Directorio de fecha 31.10.2016, éste órgano de dirección acordó el traslado de la referida agencia; Que, la empresa ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatívidad vigente para el traslado de agencias; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702; y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. el traslado de una oficina en la modalidad de agencia ubicada en Jirón Cuzco N° 401, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura; a su nueva ubicación en la Calle Lambayeque Nº 560 - 572 - Centro Poblado ciudad de Chulucanas, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1519029-1

Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. el cierre de las siguientes oficinas especiales: - Jr. De la Unión N° 620, distrito, provincia y departamento de Lima. - Av. Circunvalación N° 1803, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. - Av. Paseo de la República, Prolongación N° S/N, departamento LM04, Plaza Lima Sur, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. - Av. Chacra Cerro Lote 121, Ex Fundo Chacra Cerro, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. - Jr. Salvador Allende N° 350, distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1518870-1

Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficinas especiales ubicadas en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 1810-2017 Lima, 5 de mayo de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Banco Falabella Perú S.A. para que se le autorice la apertura de dos (2) oficinas especiales según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de las siguientes oficinas especiales: - Av. Comandante Espinar N° 645 Esq. con Calle Julio Becerra, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. - Av. 1 de Mayo, Manzana D Lote 3, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1518872-1

Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. el cierre de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Lima y Ucayali
RESOLUCIÓN SBS N° 1803-2017 Lima, 4 de mayo de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Banco Falabella Perú S.A. para que se le autorice el cierre de cinco (5) oficinas especiales según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de

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