Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Viernes 12 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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que estará adscrita a las Comisiones de las Oficinas Regionales del Indecopi de Piura, Arequipa, Junín, Ica y Cusco, respectivamente. Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, que se adscribe a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad, inicie el ejercicio de sus funciones una vez que hayan concluido las acciones administrativas y de personal necesarias para su implementación; fecha que será establecida por la Presidencia del Consejo Directivo, mediante resolución. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia General la realización de las acciones administrativas y coordinaciones necesarias para la adecuada implementación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, que se adscribe a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1519224-1

Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, la ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2017", dirigida a pequeños, medianos y grandes productores/as agropecuarios/ as, que conducen las unidades agropecuarias seleccionadas a nivel nacional, en la modalidad de entrevista directa y en la misma unidad de producción; la cual estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, las cuales deben cumplir con las siguientes características: a) "Pequeños/as y medianos/as productores/as agropecuarios/as", son aquellos que conducen unidades agropecuarias hasta con 50,0 hectáreas de superficie agrícola cultivada; cuya condición jurídica es persona natural. b) "Grandes productores/as agropecuarios/ as", son los que conducen unidades agropecuarias que son: Empresas agrícolas, Empresas pecuarias (Granjas avícolas y granjas porcinas, granjas de cuyes, centros de engorde y establos) y, las personas naturales con más de 50,0 hectáreas de superficie agrícola cultivada. No forman parte del estudio las unidades agropecuarias que son comunidades campesinas y nativas. Artículo 2°.Aprobar, los Cuestionarios correspondientes de la referida Encuesta, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- Establecer, como periodo de ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2017", del 23 de mayo a octubre del año 2017. Artículo 4°.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el inciso b) del Art. 1° de la presente Resolución, que incumplan con brindar la información solicitada dentro del plazo establecido; serán pasibles de ser sancionados con multa, conforme a lo dispuesto por los Artículos 87°, 89° y 91° del D.S. N° 043-2001-PCM. Precisando que el pago de la multa no exime a las personas naturales y jurídicas de la obligación de presentar la información solicitada. Regístrese y comuníquese. ANIBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1519506-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2017"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 134-2017-INEI Lima, 24 de abril de 2017 Visto el Oficio N° 409-2017-INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando se autorice la ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2017". CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y, técnicas estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas oficiales a nivel regional y nacional; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Agricultura y Riego, ejecutará por cuarto año, la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2017", que tiene como objetivo estimar los usos de la tierra, superficie sembrada, superficie cosechada, producción, rendimiento de los principales cultivos transitorios y permanentes, la producción de leche y el inventario ganadero. Así como, generar información para la construcción de indicadores del sector agropecuario, en el marco del Presupuesto por Resultados, que permitan evaluar de forma continua la evolución de dichos indicadores y contribuir al diseño y orientación de políticas públicas para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas mediante documento del visto solicita se autorice la ejecución de la Encuesta Nacional Agropecuaria 2017 y la aprobación de los Cuestionarios correspondientes, conforme a lo dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Estando a lo propuesto por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, las visaciones de la Sub Jefatura de

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA
Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del INAIGEM
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 28-2017-INAIGEM/PE Huaraz, 3 de mayo del 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30286 se crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica,

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