Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2017 (13/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
VISTA:

Sábado 13 de mayo de 2017 /

El Peruano

Que, mediante Resolución SBS Nº 2339-2011, esta Superintendencia autorizó al Banco de la Nación la corrección de la dirección de la agencia Rioja; Que, mediante Resolución SBS Nº 2502-2016, esta Superintendencia autorizó al Banco de la Nación el traslado de la agencia Rioja; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, el traslado de una (01) agencia, según el siguiente detalle:
Agencia Rioja Dirección actual Dirección nueva Distrito Provincia Rioja Departamento San Martín

La invitación cursada `por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas {ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el "Seminario Supervisión Consolidada e Integración de Riesgos", que se llevará a cabo del 15 al 19 de mayo, en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; CONSIDERANDO: Que el objetivo del seminario es proporcionar a los -supervisores técnicas prácticas de supervisión para evaluar la gestión del riesgo institucional y para analizar la fortaleza financiera de una organización consolidada, entre otros; Que, asimismo en dicho evento se tratarán temas acerca de gobierno corporativo y funciones de control de riesgos, identificación de riesgos y mecanismos de reporte, evaluación del riesgo de la institución, incorporación de los resultados de las pruebas de estrés, entre otros; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar a la señora Margarita del Pilar Avila Salas, Supervisor Principal de Riesgos de Conglomerados del Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-20, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaría para que participe en

Jirón Dos de Jr. Angaiza Nº Mayo Nº 710 - Rioja 530 712

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1519418-1

Autorizan viaje de funcionaria a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS Nº 1894-2017 Lima, 10 de mayo de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCIÓN

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