Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2017 (16/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 16 de mayo de 2017 /

El Peruano

En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento del plazo antes indicado, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del artículo 5 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP adjuntándose el documento que contiene el Registro de Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de la suscripción de los Certificados de Conformidad de Conversión a Gas Natural Vehicular GNV. Artículo 5º.- La empresa MOTOR GAS COMPANY S.A., se encuentra obligada a cumplir los dispositivos mencionados en el marco jurídico y de sujetar su actuación a lo establecido en la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Natural Vehicular ­ GNV y de los Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV", aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. Artículo 6º.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa denominada MOTOR GAS COMPANY S.A., los gastos que originen su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1520411-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera en el marco del Convenio de Cooperación Técnica entre DEVIDA y la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 064-2017-DV-PE Lima, 15 de mayo de 2017. VISTO: El Informe Nº 010-2017-DV-PP, de la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva de Control de Oferta de Drogas en el Perú"GIECOD; el Memorándum Nº 231-2017-DV-OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 210-2017-DV-OAJ; CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 40º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autorizó, por excepción, a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA a celebrar, durante el 2016, un Convenio de Cooperación Técnica con la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito ­ UNODC, para la elaboración de los Informes Anuales de Monitoreo de Cultivos de Coca;

Que, mediante la Sexagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 se prorrogó, entre otros, la vigencia al 31 de diciembre del 2017 de la autorización establecida en el artículo 40º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 159-2016-DV-PE, de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2017 del Pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Que, de conformidad con la prórroga de la vigencia de la autorización establecida en el artículo 40º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA y la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito ­ UNODC, han suscrito con fecha 19 de abril de 2017 un Convenio de Cooperación para la elaboración del Informe Anual de Monitoreo de Cultivo de Coca correspondiente al año 2016 e iniciar las acciones para el monitoreo para el año 2017, comprometiéndose DEVIDA a transferir financieramente a UNODC, la suma de S/1 500 000.00 (Un millón quinientos mil y 00/100 Soles) para ser destinados al cumplimiento del objeto del Convenio, de conformidad con el detalle descrito en los Anexos Nº 9 y Nº 10 de dicho Convenio; Que, mediante el Memorándum Nº 231-2017-DVOPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunica que hace suyo el Informe Nº 013-2017-DV-OPP/UPPTO que emite la opinión favorable sobre la disponibilidad de recursos para efectuar la transferencia a favor de UNODC, emitiendo la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 00343 que convalida lo dispuesto en el numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30518- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, que autoriza a distintas entidades, entre ellas a DEVIDA, a realizar en el Año Fiscal, de manera excepcional, transferencias financieras, en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú"; Que, asimismo, el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que las transferencias financieras a las que se refiere el numeral 15.1 antes mencionado se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, publicada en el diario oficial El Peruano, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, con los visados de la Secretaría General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 1 500 000.00 (Un millón quinientos mil y 00/100 Soles), en el marco del Convenio de Cooperación Técnica entre la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA y la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito ­ UNODC, en el marco de lo establecido en la Sexagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia de recursos autorizada por el artículo 1º de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto aprobado

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