Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2017 (16/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 16 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Civil Permanente de Huacho registró al mes de marzo de 2017 la mayor carga procesal en trámite ascendente a 826 expedientes, mientras que el 2° Juzgado Civil Transitorio de Huacho registró la menor carga procesal de 342 expedientes; razón por la cual resulta necesario equiparar la carga procesal del 1° y 2° Juzgado Civil Transitorio de Huacho, siendo conveniente que el 1° Juzgado Civil Permanente de Huacho redistribuya al 2° Juzgado Civil Transitorio de Huacho, como máximo la cantidad de 100 expedientes. f) El 4°, 5° y 7° Juzgados de Paz Letrados Permanentes de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, que atienden procesos de la especialidad civil, comercial y laboral, registraron al mes de diciembre de 2016 una carga pendiente de 3,599; 1,450 y 2,051 expedientes, respectivamente, cantidades que superaron la carga pendiente de 759, 307 y 688 expedientes registrada por el 1°, 2° y 3° Juzgados de Paz Letrados Civiles Transitorios de Trujillo; por lo que se considera conveniente que el 4°, 5° y 7° Juzgados de Paz Letrados Permanentes de Trujillo redistribuyan como máximo la cantidad de 2,800 expedientes, al 1° Juzgado de Paz Letrado Transitorio (800), 2° Juzgado de Paz Letrado Transitorio (1,200); y 3° Juzgado de Paz Letrado Transitorio (800), todos de la ciudad de Trujillo. g) El Juzgado de Familia Permanente del Distrito de José Leonardo Órtiz, Provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, registró al mes de diciembre de 2016 una carga pendiente de 737 expedientes, cantidad que superó la carga pendiente de 503 expedientes registrada por el Juzgado de Familia Transitorio de José Leonardo Órtiz; por lo que se considera conveniente que el Juzgado de Familia de José Leonardo Órtiz redistribuya al Juzgado de Familia Transitorio de José Leonardo Órtiz, como máximo la cantidad de 400 expedientes. h) El Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de Independencia, Distrito Judicial de Lima Norte, registró al mes de diciembre de 2016 una carga pendiente de 605 expedientes, cantidad que superó la carga pendiente de 437 expedientes registrada por el Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial Transitorio de Independencia; por lo que se considera conveniente que el Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de Independencia redistribuya al Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial Transitorio de Independencia, como máximo la cantidad de 300 expedientes. i) De acuerdo a lo informado por la Jefa de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo (e) de la Corte Superior de Justicia de Piura, mediante correo institucional de fecha 6 de abril de 2017, se observó que el Juzgado de Paz Letrado de Castilla registró al mes de febrero de 2017 una carga pendiente de 2,079 expedientes, cantidad que superó la carga pendiente de 328 expedientes registrada por el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Castilla; por lo que se considera conveniente que el Juzgado de Paz Letrado Permanente de Castilla redistribuya al Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Castilla, como máximo la cantidad de 800 expedientes, a fin de equiparar la carga procesal entre ambos órganos jurisdiccionales. j) El 1°, 2° y 3° Juzgados Civiles Permanentes de Piura registraron al mes de diciembre de 2016 las mayores cargas pendientes, siendo el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes los que presentaron mayor nivel resolutivo de 108% y 122%, respectivamente; por lo que se considera conveniente que el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Piura redistribuyan 150 y 200 expedientes, como máximo, al Juzgado Civil Transitorio de Piura. k) El Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, al mes de diciembre del año 2016 registró 563 expedientes resueltos de una carga procesal de 1,956 expedientes, con lo cual alcanzó un avance de 49% en relación a su meta establecida en 1,155, lo que representó un "bajo" nivel resolutivo. De igual modo, el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Tacna al mes de diciembre del año 2016 resolvió 513 expedientes de una carga procesal de 1,305 expedientes, registrando así un "Bajo" nivel de avance de meta del 51%; razón por la cual, se considera necesario que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima

Norte y Tacna evalúen la idoneidad de los jueces a cargo del Juzgado de Trabajo Transitorio de Independencia y Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna, a efecto de disponer su reemplazo, y de ser el caso, reemplazar al personal jurisdiccional asignado, en razón del bajo nivel resolutivo registrado por ambos órganos jurisdiccionales transitorios. l) El Juzgado Mixto Transitorio de la Provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, inició sus funciones desde el 1 de setiembre de 2016, producto de la conversión del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Coronel Portillo, para que realice el trámite de los procesos en materia de familia, en apoyo a la sobrecarga procesal que presentaban los juzgados de familia de la mencionada provincia, y en adición a sus funciones actúe como Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con turno cerrado; sin embargo, mediante Resolución Administrativa N° 134-2017-P-CSJUC/PJ de fecha 16 de marzo de 2017, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali dispuso que el 1° Juzgado de Trabajo Permanente (PCALP-LPT) de la Provincia de Coronel Portillo remita al Juzgado Mixto Transitorio de la misma provincia, la cantidad de 300 expedientes en materia Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, siendo preciso señalar que el 1° Juzgado de Trabajo Permanente registró a diciembre de 2016 un total de 436 expedientes resueltos de una carga procesal de 2,009 expedientes, siendo su avance de meta de tan solo 59%, por lo que considerando este bajo nivel resolutivo, se considera conveniente que la carga pendiente en materia Contencioso Administrativa Laboral y Previsional que registra el Juzgado Mixto Transitorio, sea redistribuida al 1° Juzgado de Trabajo Permanente (PCALP-LPT), toda vez que la Resolución Administrativa N° 134-2017-P-CSJUC/ PJ no fue motivada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, asimismo, que el 1° y 2° Juzgado de Familia Permanentes remitan un máximo de 300 expedientes al Juzgado Mixto Transitorio de Coronel Portillo. m) Mediante Oficio N° 056-2017-EST-P-CSJAR/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa solicitó la creación del 2° Juzgado de Paz Letrado para el Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar; o la reubicación de un Juzgado de Paz Letrado de otra Corte Superior para dicho Módulo Básico de Justicia. En relación a la propuesta de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, resulta preciso señalar que el Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de Mariano Melgar registró al mes de diciembre del 2016 una carga procesal de 3,095 expedientes, de los cuales el 61% (1,878) correspondió a expedientes de carga inicial, producto de un bajo nivel resolutivo de años anteriores, y considerando que la carga máxima establecida para un juzgado de paz letrado es de 2,040 expedientes, se evidencia una situación de "sobrecarga procesal"; y además, tomando en cuenta los ingresos anuales aproximados de 1,217 expedientes que registra, se requeriría de un Juzgado de Paz Letrado Permanente y un Juzgado de Paz Letrado Transitorio con turno cerrado, para atender la carga procesal pendiente denominada "carga inicial". De otro lado, la Provincia de Camaná cuenta con dos juzgados de paz letrados (1 permanente y 1 transitorio), los cuales al estimar su carga procesal al mes de diciembre del presente año, esta ascendería a 2,101 expedientes, y considerando que la carga máxima establecida para un juzgado de paz letrado mixto es de 2,040 expedientes, indicaría que requeriría como máximo un juzgado de paz letrado para atender dicha carga procesal, por lo que se recomienda la reubicación del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de la Provincia de Camaná como Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Mariano Melgar, con turno cerrado, en apoyo de la descarga del Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de Mariano Melgar. n) Con Oficio Nº 826-2017-P-CSJAN/PJ de fecha 4 de abril de 2017, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ancash ha solicitado prorrogar el funcionamiento de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Huaraz por el plazo de tres meses, argumentando entre otras razones, la existencia de expedientes que todavía se encuentran en juicio oral. Sobre el particular, y habiendo el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial desestimado previamente una

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