Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Sábado 27 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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Que, con Informe Nº 204-2016-GRH/GGR de fecha 26 de diciembre de 2016, el Gerente General Regional solicita al Gobernador Regional la creación de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Región Huánuco, para la cual remite la opinión técnica y legal favorable emitida por las áreas correspondientes, para solicitar al Consejo Regional la aprobación; Que, el Gobernador Regional mediante Oficio Nº 1160-2016-GRH/GR de fecha 29 de diciembre de 2016, solicita al Consejo Regional la aprobación mediante Ordenanza Regional la Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales del Gobierno Regional Huánuco (IDERHuánuco); Que, se cuenta con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional, previo análisis y debate, el Consejo Regional, emite su pronunciamiento en el mismo sentido, asumiendo la propuesta que aprueba LA CREACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES REGIONALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO ­ IDER HUÁNUCO y SU REGLAMENTO, ya que reúne las condiciones y requisitos para su aprobación, conforme se advierte de lo expuesto; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo, el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional, con dispensa de trámite, lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales Regionales del Gobierno Regional de Huánuco (IDER-Huánuco) y su Reglamento, que contiene 17 artículos que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huánuco, modificar los instrumentos de gestión (MOF, ROF, entre otros), e incorporar como Unidad Técnica a la Infraestructura de Datos Espaciales Regionales del Gobierno Regional de Huánuco dependiente de la Sub Gerencia de Ordenamiento Territorial. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en estricto cumplimiento del artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y el Portal electrónico del Gobierno Regional. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 26 días del mes de abril del año dos mil diecisiete. NITTHZY A. ORNETA CABELLO Consejera Delegada Consejo Regional

Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 02 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1524906-2

Ordenanza que declara Feriado No Laborable en todo el ámbito de la Región Huánuco, el 24 de junio de cada año por celebrarse el "Día del Campesino Huanuqueño" y "Fiesta de San Juan en la Zona Selva de Huánuco"
ORDENANZA REGIONAL Nº 069-2017-GRHCO Huánuco, 4 de mayo de 2017 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional Huánuco, celebrada en la provincia de Huánuco el día 31 de diciembre del 2016, el Dictamen Colegiado Nº 001-2016-CR-GRH/CPs-CCyN-PPAT-AL de fecha 26 de octubre de 2016 presentado por las Comisiones Permanentes de Comunidades Campesinas, Nativas, y Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento y Asuntos Legales; y Sesión Ordinaria celebrada en la provincia de Huánuco el día 06 de abril del 2017, el Informe Nº 013-2017-GRHCO-CR/CPPAT-AL de fecha 06 de abril de 2017, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la propuesta de Ordenanza Regional que declara "FERIADO NO LABORABLE EN TODO EL ÁMBITO DE LA REGIÓN HUÁNUCO, EL 24 DE JUNIO DE CADA AÑO "DÍA DEL CAMPESINO HUANUQUEÑO" Y "FIESTA DE SAN JUAN EN LA ZONA SELVA DE HUÁNUCO"; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680, establece, que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 3º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, señala que los Gobiernos Regionales tienen facultades legislativas en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones conforme a Ley; Que, con Decreto Supremo Nº 025-91-TR se declara en todo el territorio nacional por única vez, el 24 de junio de 1991 "Día del Campesino" Día Feriado No Laborable, dejándose expresa constancia que esta norma rige sólo por el año 1991; Que, posteriormente, con Ley Nº 28286 se ha declarado el 24 de junio de cada año, como día de San Juan Bautista en los departamentos de la Amazonía, promoviendo la festividad de San Juan en todos los distritos y provincias del territorio peruano, reconociendo y resaltando las costumbres y tradiciones regionales de nuestro país, facultándose a los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales a tomar las medidas administrativas pertinentes, a fin de dar cumplimiento a lo establecido a la referida Ley;

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