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67 NORMAS LEGALES Sábado 27 de mayo de 2017 El Peruano / observaciones levantadas, previo análisis y debate, el Consejo Regional, emite su pronunciamiento en el mismo sentido, asumiendo la propuesta para Ordenanza que aprueba “Modi fi car la Recomposición de la Comisión Ambiental Regional CAR - Huánuco”, y reúne las condiciones y requisitos para su aprobación, conforme se advierte de lo expuesto; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; asimismo, el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el literal a) del Art. 37º, concordante con los artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, con dispensa del tramite de lectura y aprobación del acta, ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 095-2014-CR-GRH de fecha 12 de diciembre del 2014, sobre los siguientes artículos 2º y 3º, respecto a la Aprobación de Funciones y la Conformación de la Comisión Ambiental Regional-CAR HUANUCO, cuyos textos son los siguientes: Artículo Segundo.- APRUÉBASE las funciones de la Comisión Ambiental Regional – CAR Huánuco: - Ser la instancia de concertación de la Política Ambiental Regional y actuar en coordinación con el Gobierno Regional Huánuco para la Implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental. - Establecer Mecanismos y Niveles de concertación para la Ejecución de la Política Ambiental Regional y actuar en coordinación con el Gobierno Regional Huánuco para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental. - Elaborar participativamente el Plan de Acción Ambiental y la Agenda Ambiental Regional que serán aprobados por el Gobierno Regional Huánuco. - Lograr compromisos concretos de sus integrantes sobre la base de una visión compartida y concertada. - Elaborar propuestas para el Funcionamiento, Aplicación y Evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental y la Ejecución de Políticas Ambientales. - Facilitar el tratamiento apropiado para la Resolución de Con fl ictos Ambientales. - Contribuir al Desarrollo de los Sistemas Locales de Gestión Ambiental. - Elaborar su Reglamento y Plan Operativo, en el Marco de la Normatividad Vigente. - Otras establecidas en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, considerando la problemática Ambiental Regional. Artículo Tercero.- CONFORMAR la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco, la cual quedará constituida por dos (02) representantes (titular y alterno) de cada una de las siguientes instituciones: - Gobernación Regional de Huánuco. - La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Huánuco. - La Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco. - La Dirección Regional de Agricultura.- La Dirección Regional de Producción.- La Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos.- La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. - La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - La Dirección Regional de Salud-Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental. - La Dirección Regional de Educación.- Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR - Huánuco). - La Administración Local del Agua-Alto Huallaga.- La Administración Local del Agua-Alto Marañón.- La Administración Local del Agua-Pachitea.- Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA-Huánuco). - Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA- Huánuco). - Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA- Huánuco). - Representante de la O fi cina Defensorial de Huánuco. - Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza. - Las Municipalidades Provinciales de la Región Huánuco. - Representantes acreditados de las Universidades Públicas o Privadas de la Región Huánuco. - Los Colegios Profesionales acreditados con representación en la Región Huánuco. - Representante del Voluntariado Ambiental Regional. - La Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco.- Los Institutos Superiores Pedagógicos y Tecnológicos de la Región Huánuco. - Plataformas Interinstitucionales de concertaciones acreditadas, vinculadas al que hacer Ambiental de la Región Huánuco. - Representantes de la Empresas Privadas acreditadas en la Región Huánuco. - Medios de Comunicación acreditados de la Región Huánuco. - Representantes de Productores Orgánicos y Ecológicos. - Organismos No Gubernamentales (ONG) debidamente acreditados. - Representante de las Comunidades Campesinas.- Representante de las Comunidades Nativas.- Representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP). - Representantes de la Sociedad Civil Organizada debidamente acreditadas. Artículo Segundo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano en estricto cumplimiento de lo que dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y el Portal electrónico del Gobierno Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 26 días del mes de abril del año dos mil diecisiete. NITTHZY A. ORNETA CABELLO Consejera DelegadaConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 02 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1524906-1