Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Sábado 27 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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observaciones levantadas, previo análisis y debate, el Consejo Regional, emite su pronunciamiento en el mismo sentido, asumiendo la propuesta para Ordenanza que aprueba "Modificar la Recomposición de la Comisión Ambiental Regional CAR - Huánuco", y reúne las condiciones y requisitos para su aprobación, conforme se advierte de lo expuesto; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; asimismo, el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el literal a) del Art. 37º, concordante con los artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, con dispensa del tramite de lectura y aprobación del acta, ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modificación de la Ordenanza Regional Nº 095-2014-CR-GRH de fecha 12 de diciembre del 2014, sobre los siguientes artículos 2º y 3º, respecto a la Aprobación de Funciones y la Conformación de la Comisión Ambiental Regional-CAR HUANUCO, cuyos textos son los siguientes: Artículo Segundo.- APRUÉBASE las funciones de la Comisión Ambiental Regional ­ CAR Huánuco: - Ser la instancia de concertación de la Política Ambiental Regional y actuar en coordinación con el Gobierno Regional Huánuco para la Implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental. - Establecer Mecanismos y Niveles de concertación para la Ejecución de la Política Ambiental Regional y actuar en coordinación con el Gobierno Regional Huánuco para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental. - Elaborar participativamente el Plan de Acción Ambiental y la Agenda Ambiental Regional que serán aprobados por el Gobierno Regional Huánuco. - Lograr compromisos concretos de sus integrantes sobre la base de una visión compartida y concertada. - Elaborar propuestas para el Funcionamiento, Aplicación y Evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental y la Ejecución de Políticas Ambientales. - Facilitar el tratamiento apropiado para la Resolución de Conflictos Ambientales. - Contribuir al Desarrollo de los Sistemas Locales de Gestión Ambiental. - Elaborar su Reglamento y Plan Operativo, en el Marco de la Normatividad Vigente. - Otras establecidas en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, considerando la problemática Ambiental Regional. Artículo Tercero.- CONFORMAR la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco, la cual quedará constituida por dos (02) representantes (titular y alterno) de cada una de las siguientes instituciones: - Gobernación Regional de Huánuco. - La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Huánuco. - La Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco. - La Dirección Regional de Agricultura. - La Dirección Regional de Producción. - La Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos.

- La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. - La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - La Dirección Regional de Salud-Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental. - La Dirección Regional de Educación. - Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR - Huánuco). - La Administración Local del Agua-Alto Huallaga. - La Administración Local del Agua-Alto Marañón. - La Administración Local del Agua-Pachitea. - Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFAHuánuco). - Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMAHuánuco). - Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASAHuánuco). - Representante de la Oficina Defensorial de Huánuco. - Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza. - Las Municipalidades Provinciales de la Región Huánuco. - Representantes acreditados de las Universidades Públicas o Privadas de la Región Huánuco. - Los Colegios Profesionales acreditados con representación en la Región Huánuco. - Representante del Voluntariado Ambiental Regional. - La Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco. - Los Institutos Superiores Pedagógicos y Tecnológicos de la Región Huánuco. - Plataformas Interinstitucionales de concertaciones acreditadas, vinculadas al que hacer Ambiental de la Región Huánuco. - Representantes de la Empresas Privadas acreditadas en la Región Huánuco. - Medios de Comunicación acreditados de la Región Huánuco. - Representantes de Productores Orgánicos y Ecológicos. Organismos No Gubernamentales (ONG) debidamente acreditados. - Representante de las Comunidades Campesinas. - Representante de las Comunidades Nativas. - Representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP). - Representantes de la Sociedad Civil Organizada debidamente acreditadas. Artículo Segundo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en estricto cumplimiento de lo que dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y el Portal electrónico del Gobierno Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 26 días del mes de abril del año dos mil diecisiete. NITTHZY A. ORNETA CABELLO Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 02 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1524906-1

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