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64 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2017 / El Peruano N° DNI APE_PAT APE_MAT NOMBRE ODPE CONDICIÓN 42 41924109 APAZA COAQUIRA NORA MARLENY LIMA - AYACUCHO ACCESITARIO43 43435061 HUARCA HINOJOSA DINORA SHANDY LIMA - CUSCO ACCESITARIO44 45037986 HUAYTA QUISPE VANESSA LIMA - CUSCO ACCESITARIO45 44374985 VASQUEZ MOLINA ALFREDO LIMA - TACNA ACCESITARIO46 00494285 CHALCO ADUVIRI RAUL ALEJANDRO LIMA - TACNA ACCESITARIO47 29565001 MEJIA ACOSTA ALEX RENATO LIMA - TACNA ACCESITARIO48 21526968 TORRES ANCHANTE CESAR EDUARDO LIMA - TACNA ACCESITARIO49 41055491 RETAMOZO GALLEGOS ROSA ESTELA LIMA - TACNA ACCESITARIO50 41474130 PINTADO ANGEL ALEXANDER GENARO LIMA - TACNA ACCESITARIO51 10002806 ROSADO CISNEROS MARTIN RAMON LIMA - TACNA ACCESITARIO52 42728748 CHAGUA YAURI HENRY LIMA - TACNA ACCESITARIO53 46255902 PACHECO HUAMAN CARLOS JUNIOR LIMA - TACNA ACCESITARIO54 29675855 APAZA AMANQUI ANA MARIA LIMA - TACNA ACCESITARIO55 73350120 MONTALVAN MORI CINDY NAHIR LIZ LIMA - TACNA ACCESITARIO56 00516458 IRIARTE IRIARTE PATRICIO LIMA - TACNA ACCESITARIO 1587721-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional 2017 del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2017-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día jueves 19 de octubre del 2017 en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2017- RMDD/CR, de fecha 01 de agosto del 2017, se aprueba el proyecto de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora 401 Hospital II Santa Rosa de Puerto Maldonado. Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, la misma que en la cuarta disposición complementaria fi nal establece que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal – PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2015-SERVIR/PE, se modi fi ca la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, la cual conceptúa el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional como el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones. Que, en el numeral 1.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, dispone que aquellas entidades exceptuada de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; así mismo, señala, que en dicho contexto de excepción, las entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fi scal. Que, a través del literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2016, se exceptuó de la prohibición de nombramiento, el supuesto de nombramiento de hasta el 20% de la PEA de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud – CLAS, de fi nidos a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1153, publicado el 12 de setiembre del año 2013, se regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado. Que, en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se ha previsto el nombramiento hasta del veinte por ciento (20%) de la PEA defi nida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, de los profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Comunidades Locales de Administración de Salud (CLAS). Que, mediante O fi cio Nº 975-2017-GOREMAD/HSR- DE, el Director Ejecutivo del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, remite la nueva propuesta de CAP-Provisional 2017 del referido nosocomio a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Que, mediante Informe Técnico Nº 241-2017-SERVIR/ GDSRH, de fecha 18 de setiembre del 2016, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, a modo de conclusión, considera pertinente la propuesta del CAP Provisional planteada por la U.E. 400: “Dirección Regional de Salud Madre de Dios, Dirección de Red de Salud Madre de Dios, Hospital San Martín de Porres- Iberia” y