Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2017 (18/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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N° 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 DNI 41924109 43435061 45037986 44374985 00494285 29565001 21526968 41055491 41474130 10002806 42728748 46255902 29675855 73350120 00516458 APE_PAT APAZA HUARCA HUAYTA VASQUEZ CHALCO MEJIA TORRES RETAMOZO PINTADO ROSADO CHAGUA PACHECO APAZA MONTALVAN IRIARTE COAQUIRA HINOJOSA QUISPE MOLINA ADUVIRI ACOSTA ANCHANTE GALLEGOS ANGEL CISNEROS YAURI HUAMAN AMANQUI MORI IRIARTE

NORMAS LEGALES
APE_MAT NOMBRE NORA MARLENY DINORA SHANDY VANESSA ALFREDO RAUL ALEJANDRO ALEX RENATO CESAR EDUARDO ROSA ESTELA ALEXANDER GENARO MARTIN RAMON HENRY CARLOS JUNIOR ANA MARIA CINDY NAHIR LIZ PATRICIO

Sábado 18 de noviembre de 2017 /

El Peruano
CONDICIÓN ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO ACCESITARIO

ODPE LIMA - AYACUCHO LIMA - CUSCO LIMA - CUSCO LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA LIMA - TACNA

1587721-1 la cual conceptúa el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional como el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones. Que, en el numeral 1.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, dispone que aquellas entidades exceptuada de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; así mismo, señala, que en dicho contexto de excepción, las entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal. Que, a través del literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, se exceptuó de la prohibición de nombramiento, el supuesto de nombramiento de hasta el 20% de la PEA de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, definidos a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1153, publicado el 12 de setiembre del año 2013, se regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado. Que, en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se ha previsto el nombramiento hasta del veinte por ciento (20%) de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, de los profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Comunidades Locales de Administración de Salud (CLAS). Que, mediante Oficio Nº 975-2017-GOREMAD/HSRDE, el Director Ejecutivo del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, remite la nueva propuesta de CAPProvisional 2017 del referido nosocomio a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Que, mediante Informe Técnico Nº 241-2017-SERVIR/ GDSRH, de fecha 18 de setiembre del 2016, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, a modo de conclusión, considera pertinente la propuesta del CAP Provisional planteada por la U.E. 400: "Dirección Regional de Salud Madre de Dios, Dirección de Red de Salud Madre de Dios, Hospital San Martín de Porres- Iberia" y

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional 2017 del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2017-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día jueves 19 de octubre del 2017 en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2017RMDD/CR, de fecha 01 de agosto del 2017, se aprueba el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora 401 Hospital II Santa Rosa de Puerto Maldonado. Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, la misma que en la cuarta disposición complementaria final establece que el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP y el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2015-SERVIR/PE, se modifica la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE",

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