Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2017 (07/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de octubre de 2017 /

El Peruano

técnica a Entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea y oportuna, bajo responsabilidad; asimismo, PERÚ COMPRAS comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan verificar la calidad del bien o servicio; Que, el sub numeral 8.6 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señala que la Dirección de Subasta Inversa pre publicará en el Portal Institucional de PERÚ COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados proyectos de Fichas Técnicas se pre publicarán, durante el mismo periodo, a través del SEACE, donde estará habilitado un formulario electrónico para recibir sugerencias y recomendaciones, alternativamente a otras vías. Adicionalmente, el sub numeral 8.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva dispone que una vez transcurrido el mencionado plazo, la Dirección de Subasta Inversa de PERÚ COMPRAS evaluará las sugerencias y/o recomendaciones recibidas, para lo cual podrá solicitar una opinión técnica o información complementaria a las Entidades competentes, las que deberán responder a lo solicitado de manera idónea bajo responsabilidad; Que, el sub numeral 8.8 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que PERÚ COMPRAS, contando o no con sugerencias y/o recomendaciones, aprobará mediante Resolución Jefatural el contenido definitivo de la ficha técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el LBSC y su publicación en el Portal de PERÚ COMPRAS; Que, mediante el Informe Nº 051-2017-PERÚ COMPRAS/DSI, la Dirección de Subasta Inversa informa las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto en los sub numerales 8.5 y 8.6 de las Disposiciones Específicas de la Directiva; precisando que no recibió observaciones de las entidades sectoriales involucradas; asimismo, concluye que los bienes objeto de estudio, cumplen con la condición de bien común, por lo que recomienda la aprobación de inclusión de cuatro (04) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, conforme al detalle señalado en el numeral 2.2 del citado informe; Que, asimismo, en el citado informe, la Dirección de Subasta Inversa señala que han evaluado los cuatro (04) bienes objeto de las Fichas Técnicas propuestas a ser incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, así como su condición de bien común, conforme al siguiente detalle: i) Se verificó que fueron contratados por las entidades públicas durante el periodo 2014, 2015 y 2016 de acuerdo a los siguientes montos adjudicados anuales acumulados: S/ 2'630,604; S/ 1'449,967 y S/ 3'539,696 respectivamente, a través del procedimiento clásico. Esta información fue extraída de la base de datos del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE; ii) Se advierte la existencia de más de un proveedor con registro sanitario vigente de los bienes en cuestión, luego de la revisión de los registros sanitarios remitidos por la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas - DIGEMID, mediante el Oficio Nº 3074-2016-DIGEMID-DG-DAUS-ACCESO/MINSA, y de las verificaciones efectuadas en el Sistema de Información de la DIGEMID (SI - DIGEMID); y, iii) Los bienes objeto de evaluación han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización de las características establecidas en las normas técnicas de referencia y los registros sanitarios, los mismos que se encuentran vigentes; Que, mediante el Informe Nº 221-2017-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Subasta Inversa, así como a lo establecido en la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0, por la Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, es procedente la aprobación de cuatro (04) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;

Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF y modificatoria; y la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0, por la Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS; y en uso de la atribución conferida por el artículo 7 y los literales c) y f) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 364-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar cuatro (04) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, así como su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
Nº Denominación del Bien (Fichas Técnicas)

1 ARIPIPRAZOL, 15 mg , TABLETA 2 AZACITIDINA, 100 mg, INYECTABLE 3 BORTEZOMIB, 3,5 mg, INYECTABLE 4 DEFERASIROX, 500 mg, TABLETA
· Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc

Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Tecnologías de la Información publiquen la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA AGUSTINA RAZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 1573641-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de setiembre de 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 339-2017-INEI Lima, 2 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción;

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