Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2017 (07/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 7 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 3 589 697,00, (TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A. (EPS TACNA S.A.), destinada al financiamiento de medidas de inversión del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, suscrito entre la República del Perú y el KfW; Que, el literal d) numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza en el presente año fiscal la realización de manera excepcional de transferencias financieras, entre otras, que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones oficiales de crédito celebrados en el marco de la normativa vigente; asimismo, el numeral 15.2 del referido artículo, establece que las transferencias financieras autorizadas por el numeral 15.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante el Memorando Nº 1353-2017-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano y el Informe Nº 272-2017-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1 del Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del referido Programa, se solicita se autorice la transferencia financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A. (EPS TACNA S.A.), por la suma de S/ 793 702,00 (SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DOS Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente al saldo de la contrapartida nacional para el financiamiento de medidas de inversión del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, suscrito entre la República del Perú y el KfW; Que, con Memorando Nº 1714-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza una transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A. (EPS TACNA S.A.), hasta por la suma de S/ 793 702,00 (SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DOS Y 00/100 SOLES) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de la ejecución de medidas de inversión del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, suscrito entre la República del Perú y el KfW; precisando, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal d) numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A. (EPS TACNA S.A.), hasta por la suma de S/ 793 702,00 (SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DOS); con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de la ejecución de medidas de inversión del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, suscrito entre la República del Perú y el KfW; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley

General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 793 702,00 (SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A. (EPS TACNA S.A.), destinada al financiamiento del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, suscrito entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2017, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Información La EPS TACNA S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1573848-2

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Cajamarca y la Provincia Constitucional del Callao
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0604-2017/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de setiembre de 2017

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