Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2017 (07/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Sábado 7 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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bienes, servicios en general y consultorías en general", en el marco de lo dispuesto por el numeral 48.2 del artículo 48º de la Ley de Contrataciones del Estado, que señala que el OSCE establecerá la forma en que se aplicará progresivamente y obligatoriamente las contrataciones electrónicas a los métodos de contratación; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 001-006-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 006-2017/OSCE-CD, de fecha 25 de setiembre de 2017, acordó aprobar la Directiva Nº 015-2017-OSCE/CD "Procedimiento de Adjudicación Simplificada en forma electrónica y Bases Estándar para la contratación de bienes, servicios en general y consultorías en general"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 015-2017-OSCE/ CD "Procedimiento de Adjudicación Simplificada en forma electrónica y Bases Estándar para la contratación de bienes, servicios en general y consultorías en general", que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar la Directiva Nº 015-2017-OSCE/ CD "Procedimiento de Adjudicación Simplificada en forma electrónica y Bases Estándar para la contratación de bienes, servicios en general y consultorías en general", en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- La Directiva Nº 015-2017-OSCE/CD "Procedimiento de Adjudicación Simplificada en forma electrónica y Bases Estándar para la contratación de bienes, servicios en general y consultorías en general", entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLYHTE LUCY MURO CRUZADO Presidenta Ejecutiva 1573340-2

Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley Nº 30225, modificada por Decreto Legislativo Nº 1341, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, el literal d) del artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como una de las funciones de la Dirección Técnico Normativa evaluar y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado; Que, mediante Resolución Nº 047-2014-OSCE/PRE, 10 de febrero de 2014, se aprobó la Directiva Nº 0022014-OSCE/CD "Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc"; Que, la Dirección Técnico Normativa mediante el Informe de Vistos, propone para su aprobación la Directiva "Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc", con la finalidad de adecuar su contenido al nuevo marco normativo recogido en el Decreto Legislativo Nº 1341, norma que modifica la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y el Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, a través del cual se modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 002-006-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 006-2017/OSCE-CD, de fecha 25 de setiembre de 2017, acordó derogar la Directiva Nº 0022014-OSCE/CD, y luego aprobar la Directiva Nº 0162017-OSCE/CD "Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Derogar la Directiva Nº 002-2014-OSCE/ CD "Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc". Artículo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 016-2017-OSCE/ CD "Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc", que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 016-2017-OSCE/ CD "Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc", en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Aprueban Directiva Nº 016-2017-OSCE/ CD "Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc"
RESOLUCIÓN Nº 298-2017-OSCE/PRE Jesús María, 28 de setiembre de 2017 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 006-2017/OSCE-CD, de fecha 25 de setiembre de 2017, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 006-2017/OSCE-CD, el Informe Nº 212-2017/DTN, de fecha 21 de setiembre de 2017, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 323-2017/ OAJ, de fecha 22 de setiembre de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

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