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56 NORMAS LEGALES Sábado 7 de octubre de 2017 / El Peruano Artículo 3.- Los Factores de Liquidación “F” de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “F” anterior. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1573753-2 Aprueban los Factores de Liquidación “V” para el cálculo de la Compensación Vacacional de los trabajadores de Construcción Civil para las seis Áreas Geográficas, corre spondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 341-2017-INEI Lima, 2 de octubre de 2017Visto, el O fi cio Nº 272-2017-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y el O fi cio N° 2655- 2017-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena y Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, se declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO), trans fi riendo al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Resolución Jefatural N° 022-94 INEI de fecha 18 de enero de 1994, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), creó el Factor de Liquidación “V” y aprobó la fórmula de cálculo del reintegro por concepto de pago de Compensación Vacacional; disponiendo que el INEI publicará el Factor de Liquidación “V” cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación Vacacional; Que, con O fi cio N° 2655-2017-MTPE/2/14 la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comunica que el 08 de setiembre de 2017, la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP remitió a la Autoridad de Trabajo el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2017-2018, en virtud del cual se ha dado solución al Pliego de Reclamos presentado por dicha Organización Sindical ante la Cámara Peruana de la Construcción-CAPECO. Adjunta copia del Convenio Colectivo de Trabajo, así como el Auto Directoral General N° 241-2017-MTPE/2/14; Que, en el Convenio Colectivo de Trabajo -Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2017-2018, Expediente N° 106-2017-MTPE/2.14-NC, se acordó, entre otros, que a partir del 1 de junio de 2017 los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos a través del O fi cio Nº 272-2017-INEI/DTIE, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2017-2018, al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, solicita la aprobación del Factor de Liquidación “V” correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017; el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática; tal como se desprende del informe Nº 01-09-2017-INEI/DTIE; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación “V” para el cálculo de la Compensación Vacacional de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográ fi cas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio del 2017, en la forma siguiente: MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN “V” JUNIO 2016 - MAYO 2017 Junio 2016 0,88 Julio 2016 0,88Agosto 2016 0,88Setiembre 2016 0,88Octubre 2016 0,88Noviembre 2016 0,88Diciembre 2016 0,88Enero 2017 0,88Febrero 2017 0,88Marzo 2017 0,88Abril 2017 0,88Mayo 2017 0,88 Artículo 2.- Los Factores de Liquidación “V” precisados en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución Jefatural N° 022-94 INEI, donde “V” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización. Artículo 3.- Los Factores de Liquidación “V” de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “V” anterior. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1573753-3 Aprueban Norma Técnica Censal Nº 009-2017-INEI-CPV: “Circulación de Unidades de Transporte el Día del Censo” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 349-2017-INEI Lima, 5 de octubre de 2017CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 076-2017-PCM el domingo 22 de octubre de 2017, ha sido declarado “Día del Censo”, fecha en que se realizará el Empadronamiento en el Área Urbana del país, en el marco de la ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de las “Normas para la Ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017”, aprobada por Decreto Supremo Nº 062-2017-PCM, el “Día del Censo” habrá inamovilidad de la población en el área urbana de todo el territorio nacional, desde las 08:00 horas hasta las 17:00 horas; Que, en ese sentido mediante O fi cio Nº 1518-2017- INEI/CPV, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas,