Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2017 (10/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Martes 10 de octubre de 2017 /

El Peruano

de dominio privado del Estado de alguna de las entidades referidas en los literales b), c) y d) del artículo 8 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, que hayan sido evaluados favorablemente por la Comisión Multisectorial, para destinarlos al desarrollo de proyectos para vivienda social, y los registre en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP. Una vez que la SBN o los citados gobiernos regionales, según sea el caso, hayan efectuado el saneamiento de los predios propuestos por la Comisión Multisectorial, podrán transferir dichos predios a título gratuito a favor de alguna entidad pública o transferir los mismos a favor de particulares, a título oneroso y a valor comercial, conforme a las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Tratándose de transferencias onerosas, la valorización es efectuada por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS, conforme a las normas legales vigentes sobre la materia. Segunda.- Transferencia de predios de Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas del Estado y predios del Ministerio de Defensa, a favor de entidades del sector público o privado Los predios de dominio privado de los gobiernos regionales y los gobiernos locales y sus respectivas empresas, señalados en los literales e) y f) del artículo 8 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, así como los predios de particulares, los predios de las Empresas que efectúan actividad del Estado y los predios del Ministerio de Defensa y sus órganos de ejecución, conforme a las disposiciones sobre la materia, que hayan sido evaluados favorablemente por la Comisión Multisectorial; podrán ser transferidos a alguna entidad pública o a favor de particulares, de manera gratuita u onerosa, con el objeto de promover y desarrollar en ellos, proyectos de vivienda social, de acuerdo a lo que las partes intervinientes acuerden. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única- Derogación Derógase los siguientes dispositivos legales: 1. El Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC que constituye la Comisión de Coordinación para facilitar la construcción de viviendas, a fin de promover el acceso de la población a la propiedad privada. 2. El Decreto Supremo Nº 021-2002-MTC que faculta a la Comisión de Coordinación a que se refiere el D.S. Nº 010-2002-MTC para evaluar terrenos de propiedad privada para el desarrollo de proyectos habitacionales. 3. La Resolución Ministerial Nº 160-2002-VIVIENDA que aprueba procedimientos para facilitar los trámites que siguen los Proyectos Habitacionales ante los Gobiernos Locales y entidades prestadoras de servicios públicos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1574550-7

Aceptan renuncia de Directora de la Oficina de Evaluación del Impacto de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 383-2017-VIVIENDA Lima, 9 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 340-2016-VIVIENDA se designó a la señora Amalia Beatriz Cuba Salerno, en el cargo de Directora de la Oficina de Evaluación del Impacto de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, correspondiendo aceptarla; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Amalia Beatriz Cuba Salerno, al cargo de Directora de la Oficina de Evaluación del Impacto de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1574543-1

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Designan Director de la Dirección Desconcentrada INDECI - Ancash
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 214-2017-INDECI 9 de octubre del 2017 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29664 y Decreto SupremSo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa; responsable técnico de los procesos de la gestión reactiva del riesgo de desastres en su calidad de integrante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD;

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