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39 NORMAS LEGALES Martes 10 de octubre de 2017 El Peruano / Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que “la designación de funcionarios en cargo de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de esta Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se determinó los cargos de confi anza en el INDECI, correspondiendo tal califi cación el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada INDECI - Ancash; Que, al encontrarse vacante el cargo de confi anza de Director de la Dirección Desconcentrada INDECI - Ancash, resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñe; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048- 2011-PCM y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2013-PCM y Resolución Suprema N° 033-2017-DE/ y con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a partir del 10 de octubre de 2017, al señor NESTOR MISAEL CORAL SOTELO, en el cargo de confi anza de Director de la Dirección Desconcentrada INDECI – Ancash. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como la publicación en la página web e intranet institucional. Artículo 3°.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario al interesado, a la Ofi cina de Recursos Humanos y a la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. LUIS ALFONSO ZUAZO MANTILLA Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil 1574106-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Autorizan la modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional, para el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 238-2017/SIS Lima, 6 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe N° 017-2017-SIS/OGPPDO- FMSY con Proveído N° 304-2017-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe N° 009-2017- SIS/GNF-JCHL con Proveído N° 630-2017-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe N° 94-2017-SIS/OGAJ-AMCC con Proveído N° 440-2017-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304- 2012-EF y de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se expidió la Resolución Jefatural N° 283-2016/SIS, de fecha 30 de diciembre 2016, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA para el Año Fiscal 2017, del Pliego 135 Seguro Integral de Salud - SIS; Que, los literales a) y b) del artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modifi cados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público, siendo estos, modifi caciones en el Nivel Institucional y modifi caciones en el Nivel Funcional Programático; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del precitado Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, establece que son modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático las que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el Año Fiscal; Que, de igual manera, el numeral 40.2 del artículo 40 del acotado Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, establece que las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, a través del Ofi cio N° 917-2017-SIS-FISSAL/J, el Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL remitió al Seguro Integral de Salud – SIS el Informe N° 057-2017-SIS- FISSAL/OPP, sobre el requerimiento presupuestal de S/ 48 957 061.99 para atender el fi nanciamiento de las prestaciones de Hemodiálisis por Insufi ciencia Renal Crónica Terminal – IRCT, brindado a los asegurados del SIS en el marco del PECSS N° 005-2015-SIS; Que, con Informe N° 009-2017-SIS/GNF-JCHL, la Gerencia de Negocios y Financiamiento ha realizado la priorización a los gastos al cierre del presente ejercicio fi scal, a fi n de dar atención a la solicitud de FISSAL, para lo cual se rebajarán los saldos del concepto de pago pre liquidado, conforme al detalle del numeral 2.3 de dicho informe; Que, el literal a) del numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, dispone que en el caso de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, tratándose de habilitaciones y/o anulaciones entre Unidades Ejecutoras, el Titular del Pliego emite una resolución autoritativa, a propuesta de la Oficina de Planeamiento o la que haga sus veces, detallando la sección, Pliego, Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Producto y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Genérica del Gasto; Que, mediante documento de Vistos, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emitió su opinión técnica favorable y propuso que el Titular del Pliego emita una Resolución Jefatural que autorice la modifi cación presupuestaria entre la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud y la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud por el importe de S/ 15 000 000.00, adjuntando el respectivo proyecto resolutivo, conforme a la norma señalada en el párrafo precedente; Con el visto bueno del Secretario General (e), de la