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52 NORMAS LEGALES Martes 31 de octubre de 2017 / El Peruano acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, con O fi cio Nº 1698-2017-SERVIR/PE, de fecha 11 de octubre del 2017, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico Nº 268-2017-SERVIR/GDSRH, que constituye la opinión técnica favorable respecto al Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Gerencia Regional de Salud La Libertad y sus 14 Unidades Ejecutoras; en donde se aplicó los supuestos establecidos para el reordenamiento de los (397) cargos de “previstos” a “ocupados” por efecto del proceso de nombramiento 2016 y la previsión (360) cargos para el proceso de nombramiento 2017; Que, ante lo expuesto en los parágrafos anteriores, la Gerencia Regional de Salud mediante O fi cio Nº 4165 de fecha 16 de octubre 2017, remite a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional La Libertad la Modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) solicitando la aprobación mediante Ordenanza Regional, adjuntando el Informe Técnico Nº 032-2017-GRLL-GRSS/GRS-OA-UTFPER; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento y Ordenamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, han cumplido con emitir los informes técnico y legal favorables, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución del Estado y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, economía y administrativa en asuntos de su competencia; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR la Modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia Regional de Salud y de sus Órganos desconcentrados, que cuenta con (6962) cargos totales, de los cuales (5197) tienen condición de ocupados y (1765) la condición de previstos, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Siendo que para el año fi scal 2017 se han aprobado (360) cargos, las mismas que fi guran detalladas en el Anexo 2, cuyo texto también forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Ordenamiento Territorial, y a la Gerencia Regional de Salud, la implementación de la presente norma regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, se sirva remitir una copia autenticada del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) aprobado al Ministerio de Salud y a la entidad SERVIR. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, a la Gerencia General Regional, a las Gerencias Regionales: Planeamiento y Ordenamiento Territorial y a la Gerencia Regional de Salud La Libertad. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario O fi cial “El Peruano” como en el Diario de mayor circulación de ámbito regional y su difusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad, una vez publicada en el Diario O fi cial de conformidad con lo regulado en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo Sexto.- DÉJESE sin efecto toda disposición legal según corresponda, en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los veinticuatro días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA Presidente AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Ciudad de Trujillo, en la Casa del Gobierno Regional de La Libertad a los 27 de octubre de 2017 LUIS A. VALDEZ FARÍAS Gobernador Regional ANEXO 1: Unidad EjecutoraÓrganoCargos Ocupados Cargos PrevistosSub Total Gerencia Regional de Salud(UE. 400)Órgano de Línea del Gobierno Regional La Libertad205 55 260 Red de Salud BolívarÓrgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud67 46 113 Red de Salud PatazÓrgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud172 104 276 Instituto Regional de Oftalmología (UE. 401)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud68 30 98 Hospital Regional Docente de Trujillo (UE. 402)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud829 176 1005 Hospital Belén de Trujillo (UE. 403)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud752 129 881 Red de Salud Chepén (UE. 404)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud309 79 388 Red de Salud Pacasmayo (UE. 405)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud342 94 436 Red de Salud Sánchez Carrión(UE. 406)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud286 121 407 Red de Salud Santiago de Chuco(UE. 407)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud164 96 260 Red de Salud Otuzco (UE. 408)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud224 165 389 Red de Salud Salud Trujillo (UE. 409)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud1140 254 1394 Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas (UE. 410)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud183 139 322 Red de Salud Julcan (UE. 411)Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud60 53 113