Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2017 (09/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Sábado 9 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Poder Judicial; las Resoluciones Administrativas N° 0012017 y N° 1476-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el trece de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el siete de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. La sociedad requiere de magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y, que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional, esto exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el Juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia. En ese sentido, si el juez tiene por función esencial administrar justicia, este deber sólo es posible de ser cumplido si se actúa con diligencia, responsabilidad y dedicación al trabajo; pues ciertamente soslayar el estudio y análisis de cada uno de los procesos que corren a su cargo, incumplir con hacer una evaluación exhaustiva y responsable que merecen las causas y actuar con falta de diligencia y celeridad, no contribuye al logro de una justicia responsable, pronta y oportuna. Máxime, si la sociedad nos exige mayor celeridad y eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales y una mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos. Por Resolución Administrativa N° 001-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso la conformación de las Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia, con efectividad al dos de enero del año en curso, conformándose la Sala Penal Transitoria por los Jueces Superiores, Emperatriz Tello Timoteo, Cesar Augusto Vásquez Arana y Jorge Elías Cabrejo Ríos. Asimismo, por Resolución Administrativa N° 1476-2017-P-CSJLIMASUR/ PJ se dispuso la reconformación de la referida sala, quedando conformada por los Jueces Superiores, Emperatriz Tello Timoteo, Cesar Augusto Vásquez Arana y Saúl Saturnino Gerónimo Chacaltana, a partir del catorce de agosto del año en curso. Mediante Resolución Administrativa N° 241-2017-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial declaro fundada la solicitud de permuta presentada por los señores magistrados César Augusto Vásquez Arana e Hilda Cecilia Piedra Rojas; disponiendo el traslado de la mencionada magistrada en su condición de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; así como del referido magistrado en su condición de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a la Corte Superior de Justicia de Lima. De otro lado, mediante Oficio N° 10541-2017-CE-PJ, comunicada formalmente en la presente fecha, a horas 11:33 am., el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, remite fotocopia de la Resolución N° 422-2017-CNM, de fecha veintitrés de agosto del presente año, expedida por el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, por la cual se dispone cancelar el titulo otorgado a los magistrados Hilda Cecilia Piedra Rojas, como Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, y Cesar Augusto Vásquez Arana como Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en

consecuencia, dispone se expida el título de Juez Superior del distrito judicial de Lima Sur a favor de doña Hilda Cecilia Piedra Rojas, así como el título de Juez Superior del distrito judicial de Lima, a favor de don César Augusto Vásquez Arana. En tal sentido, dado que la precitada resolución expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura ha sido comunicada formalmente a este Presidencia en la presente fecha, se debe proceder a expedir la resolución administrativa correspondiente que disponga la incorporación de la magistrada señora doctora Hilda Cecilia Piedra Rojas en la Sala correspondiente, a partir del once de setiembre del año en curso, primer día hábil luego de la comunicación recibida. En el mismo sentido, se debe disponer las acciones administrativas correspondientes para que los procesos a cargo del magistrado señor César Vásquez Arana, no concluyan con un quiebre y/o reprogramación, en perjuicio de los justiciables. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR a la Juez Superior Titular señora doctora Hilda Cecilia Piedra Rojas, a la Sala Penal Transitoria de esta Corte Superior de Justicia, a partir del once de setiembre del año en curso, quedando conformada la mencionada sala de la siguiente manera: Sala Penal Transitoria Hilda Cecilia Piedra Rojas Presidente (T) Emperatriz Tello Timoteo (T) Saúl Saturnino Gerónimo Chacaltana (S) Artículo Segundo.- DISPONER que la nueva conformación de la mencionada Sala Superior, no debe impedir la culminación de los procesos con audiencias iniciadas, sesiones continuadas o procesos con vista de la causa pendiente de ser resueltos al ocho de setiembre del año en curso, ni menos generar o propiciar el quiebre de los juzgamientos orales; procesos que seguirán con el mismo colegiado integrante a dicha fecha, bajo responsabilidad funcional. Artículo Tercero.- DISPONER que bajo responsabilidad el magistrado saliente, señor doctor César Augusto Vásquez Arana, debe presentar el inventario de los expedientes correspondiente a su Despacho, así como debe proceder a la entrega de la credencial de magistrado otorgada para el ejercicio de sus funciones, la misma que será devuelta a la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte, la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Nacional de la Magistratura, Dirección General del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Personal, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, y Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARCO FERNANDO CERNA BAZÁN Presidente 1563416-1

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