Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2017 (16/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 16 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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interpuesto por la mencionada universidad en contra la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 187-2017-SINEACE/CDAH-P de fecha 11 de mayo 2017, que oficializó el Acuerdo Nº 091-2017-CDAH, con el que se decidió no otorgar la acreditación a la carrera profesional de Enfermería, quedando sin efecto dicha Resolución; Que, en atención a lo indicado precedentemente, el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 282-2017-CDAH de sesión del 06 de setiembre 2017, acordó otorgar la acreditación a la carrera profesional de Enfermería de la mencionada universidad, con una vigencia de tres (03) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; la Ley Nº 30220; Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 282-2017CDAH, de sesión de fecha 06 de setiembre 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorga la acreditación a la carrera profesional de Enfermería de la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C., con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1565501-2

Partida Registral Nº13621246 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, donde consta el cambio de su denominación social de Quality Certificate Organization ACEDU S.A.C a la de "Quality Certificate Organization S.A.C"; Que, mediante Informe Nº 224-2017-SINEACE/P/ ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a efectos que se proceda a la modificación de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc que autoriza como Entidad Certificadora de Competencias a la citada empresa, toda vez que el cambio de la denominación de una sociedad (persona jurídica), implica únicamente una modificación estatutaria que no tiene efecto en las obligaciones y derechos que tenga asumida respecto de la autorización dada por el Sineace, recomendando se expida el acto administrativo correspondiente a efectos de entenderse en adelante, toda denominación de la razón social de dicha empresa, como "Quality Certificate Organization S.A.C"; Que, con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; en uso de las prerrogativas contenidas en la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y sus modificatorias y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la denominación social de la empresa Quality Certificate Organization ACEDU S.A.C contenida en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 046-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 23 de febrero 2017, que la autoriza como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Productor de Plantones de café y especies asociadas", debiendo entenderse en adelante, para toda mención, la denominación social de "Quality Certificate Organization S.A.C - QCO S.A.C". Artículo 2º.- Mantener subsistentes los demás extremos la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 046-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 23 de febrero 2017, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1565501-3

Modifican denominación social de empresa a que se refiere la Res. N° 046-2017-SINEACE/ CDAH-P por la de "Quality Certificate Organization S.A.C. - QCO S.A.C."
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 367-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 13 de setiembre de 2017 VISTO: El expediente administrativo con Reg. Nº 9548, presentado por la empresa Quality Certificate Organization S.A.C con Registro Único de Contribuyente Nº 20601212944, sobre modificación de su razón social en la resolución que la autoriza como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Productor de Plantones de café y especies asociadas"; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 046-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 23 de febrero 2017 se oficializó el acuerdo Nº0362017-CDAH, de sesión de fecha 16 de febrero 2017, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la autorización a la entidad Quality Certificate Organization ACEDU SAC ­ QCO ­ ACEDU como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Productor de Plantones de café y especies asociadas", con una vigencia de cinco (05) años contados desde la publicación de la resolución de autorización; Que, mediante oficio Nº 019-QCO/CERTF/EVALUCLIMA, el Gerente General de la precitada empresa ha solicitado la modificación de su denominación social en su resolución de autorización como entidad Certificadora de Competencias, para lo cual adjunta copia de la

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Modifican la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 194-2016-OEFA/PCD, sobre delegación de facultades en la Oficina de Administración del OEFA durante el Año Fiscal 2017
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 100-2017-OEFA/PCD Lima, 14 de setiembre de 2017 VISTOS: Los Informes números 106 y 118-2017OEFA/OA, emitidos por la Oficina de Administración; y los Informes números 335 y 388-2017-OEFA/OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

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