NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (16/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 42
42 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2017 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como Organismo Público Técnico Especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el ROF ) aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, establece que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular del OEFA y constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad, conduce el funcionamiento institucional y representa a la institución ante las entidades fi nancieras públicas y privadas, nacionales y extranjeras; asimismo se encuentra facultado para delegar una o más funciones relacionadas con sus competencias siempre que no sean privativas de su cargo; Que, por su parte el Artículo 29º del ROF, establece que la O fi cina de Administración es el órgano responsable de la oportuna y adecuada gestión de los recursos humanos, fi nancieros y materiales asignados a la institución, y depende jerárquica y funcionalmente de la Secretaría General; Que, el Artículo 1728º del Código Civil, establece que por el comodato, el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible, para que lo use por cierto tiempo o para cierto fi n y luego lo devuelva; Que, a través de los Informes números 106 y 118- 2017-OEFA/OA del 2 de agosto y del 6 de setiembre de 2017, la O fi cina de Administración sustenta la necesidad de contar con facultades delegadas, entre otras, para (i) suscribir contratos de comodato en los que el OEFA tenga la calidad de comodatario y (ii) realizar todo tipo de actos administrativos, notariales y registrales para la transferencia de propiedad vehicular, respectivamente; Que, mediante Informes números 335 y 388-2017- OEFA/OAJ del 14 de agosto y del 7 de setiembre de 2017, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente viable que la Presidencia del Consejo Directivo delegue en la O fi cina de Administración las facultades de (i) suscribir contratos de comodato en los que el OEFA tenga la calidad de comodatario y (ii) realizar todo tipo de actos administrativos, notariales y registrales para la transferencia de propiedad vehicular, respectivamente; Que, con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la marcha administrativa que permita formalizar la celebración de los contratos de comodato y la transferencia de propiedad vehicular que permitan al OEFA cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación y sus respectivos instrumentos de gestión institucional, resulta pertinente delegar en la O fi cina de Administración determinadas facultades asignadas al Titular de la Entidad hasta la culminación del Año Fiscal 2017; Con el visado de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Código Civil y en el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Incorporar los Numerales 2.2.8 y 2.2.9 al Artículo 2º de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 194-2016-OEFA/PCD, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 2º.- Delegar las siguientes facultades en la Ofi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA durante el Año Fiscal 2017:(...) 2.2 Facultades en materia administrativa:(...)2.2.8 Suscribir, en representación del OEFA, los contratos de comodato en los que el OEFA tenga la calidad de comodatario. 2.2.9 Realizar, en representación del OEFA, todo tipo de actos administrativos, notariales y registrales para la transferencia de propiedad vehicular. Artículo 2º .- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1565908-1 Designan Secretario Técnico del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 102-2017-OEFA/PCD Lima, 15 de Setiembre de 2017CONSIDERANDO:Que, el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que corresponde al Presidente del Consejo Directivo designar y remover al Secretario General, funcionarios y asesores de la Entidad; Que, encontrándose vacante el cargo de Secretario Técnico del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 7° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por los Literales e) y t) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar al señor Juan Carlos Pastor Humpiri en el cargo de Secretario Técnico del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con efectividad a partir del 18 de setiembre de 2017. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1566357-1