Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2017 (17/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de setiembre de 2017 /

El Peruano

referenciación se llevará a cabo del 18 al 21 de setiembre de 2017; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 308-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 28 de agosto de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Enrique Panibra Rojas, propuesto por la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, del Capitán de Servicios de la Policía Nacional del Perú Jesús Eulogio Sequeiros Arone, de la Capitán de Servicios de la Policía Nacional del Perú Shiandy Gary Mercado Atayupanqui y del Capitán de la Policía Nacional del Perú Mario Alberto Lazo Muñoz, propuestos por la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú, para que asistan a la visita de referenciación antes citada, a realizarse en las instalaciones del Departamento de Análisis e Información del Delito ­ DAID, ubicado en la ciudad de San Francisco de Quito ­ República de Ecuador, del 17 al 22 de setiembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha visita tiene como objetivo que la delegación policial peruana adquiera nuevos conocimientos sobre la utilización y operatividad del "Sistema David", aplicación web que identifica de manera inteligente la incidencia del delito en el territorio de la República de Ecuador; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en la visita indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de hospedaje, alimentación y transporte interno, son asumidos por el Departamento de Análisis e Información del Delito ­ DAID, conforme lo precisa el Oficio N° 061-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT/DCIAMERIPOL, de fecha 10 de agosto de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 5140-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE., de fecha 21 de agosto de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/ SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme el artículo 1 del citado Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Enrique Panibra Rojas, del Capitán de Servicios de la Policía Nacional del Perú Jesús Eulogio Sequeiros Arone, de la Capitán de Servicios de la Policía Nacional del Perú Shiandy Gary Mercado Atayupanqui y del Capitán de la Policía Nacional del Perú Mario Alberto Lazo Muñoz, del 17 al 22 de setiembre de 2017, a la ciudad de San Francisco de Quito ­ República de Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ 346.00 Pers. 4 = Total US$ 1,384.00

Pasajes aéreos

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Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1566481-2

PRODUCE
Autorizan al IMARPE la ejecución de la Operación EUREKA LXX, con la participación de embarcaciones pesqueras
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 429-2017-PRODUCE 15 de Setiembre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 348-2017-IMARPE/CD del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE y el Informe N° 276-2017-PRODUCE/DGPARPA-DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, el Informe Nº 1333-2017-PRODUCE/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, en su artículo 2 establece

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