Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2017 (17/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 17 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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1. Solicitud dirigida a la Dirección de Construcción de la DGPRCS del MVCS. 2. Presentar un Expediente Técnico - Legal que contenga: a) Memoria Descriptiva suscrita por un profesional colegiado y hábil de la especialidad. b) Plano de afectación en el que se detalle: Cuadro técnico de linderos y medidas perimétricas del área matriz y del área afectada, ubicación y/o localización del inmueble, el detalle de la afectación debidamente georreferenciado en coordenadas UTM DATÚM WGS84, suscrito por un profesional colegiado y hábil de la especialidad. c) Plano de distribución, en el caso que haya edificaciones, suscrito por un profesional colegiado y hábil de la especialidad. d) Copia informativa de la partida registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos ­ SUNARP, con una antigüedad no mayor a seis (6) meses de su expedición, en caso de tratarse de bien inmueble inscrito. e) Declaratoria de Fábrica o de Edificación, si la hubiera. f) Declaración Jurada de Autoavalúo, correspondiente al último año, si la hubiera. g) Relación cuantificada de cultivos permanentes y/o transitorios indicando sus características, si los hubiere. h) Relación cuantificada de obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, si las hubiera. i) En caso de construcciones especiales; cuando las hubiere, se acompaña la siguiente documentación: Planos, memoria descriptiva y especificaciones técnicas relativas a las mismas, suscritos por un profesional colegiado y hábil de la especialidad. j) Valor estimado del inmueble, si lo hubiera. k) Documentos del sujeto pasivo: 1) Copia simple del Título de propiedad y en caso de no ser propietario la constancia de posesión considerando los supuestos establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto Legislativo N° 1192 modificado por los Decretos Legislativos N° 1210 y N° 1330, o constancia de comunero hábil para acreditar mejoras. 2) Documento que acredite la identidad, denominación social o razón social del Sujeto Pasivo: - En caso de persona natural: Indicar nombre y número del documento nacional de identidad. - En caso de persona jurídica: Indicar número de la partida registral actualizada, emitida por el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP. l) Requisitos para fijar la indemnización por el perjuicio económico 1) Identificar y detallar el perjuicio económico, adjuntando la documentación que acredite el lucro cesante y el daño emergente y/o el informe de sustento.

2) Adjuntar formato de certificación de expediente técnico, suscrito por el funcionario responsable del Sujeto Activo, en el que se declara que ha revisado el expediente técnico, y que cuenta con la documentación técnica y legal completa. 3. El pago por derecho de tramitación debe estar señalado en el Texto Único de Procedimiento Administrativo ­ TUPA del MVCS, el mismo que se establece de acuerdo a la metodología de determinación de costos de los servicios prestados en exclusividad según la normatividad legal vigente. Artículo 26.- Vías de recepción Los documentos pueden ser presentados en forma virtual o por Mesa de Partes del MVCS. 26.1 En el caso virtual, debe contar con su usuario y contraseña generada, previo registro en el Portal Institucional. 26.2 En caso sea por Mesa de Partes, el administrado debe prestarlos en la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo del MVCS. 26.3 Los administrados con domicilio legal en el interior del país, pueden presentar los documentos por correo certificado, a través de mesa de partes de los Centros de Atención al Ciudadano del MVCS a nivel nacional o de manera virtual. Artículo 27.- Unidad Orgánica que presta el servicio y atiende al usuario. La Dirección de Construcción de la DGPRCS es la unidad orgánica del MVCS que presta el servicio y atiende al administrado. Artículo 28.- Plazo de atención El plazo para efectuar la tasación es de dos (02) meses, computados a partir de la fecha de la designación del perito. Artículo 29.- Informe Técnico de Tasación 29.1 El Informe Técnico de Tasación de predio urbano comprende lo siguiente: 1. Memoria Descriptiva. 2. Tasación. a) Valor del terreno. b) Valor de las edificaciones: 1) Valor del área techada. 2) Valor de las obras complementarias. 3) Valor de instalaciones fijas y permanentes. 4) Valor de bienes intangibles, según corresponda. 5) Valor del el perjuicio económico, de corresponder.

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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