Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2017 (17/09/2017)


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6) Valor total del predio. 3. Anexos

NORMAS LEGALES

Domingo 17 de setiembre de 2017 /

El Peruano

a) Cuadro resumen de los elementos tasados, según corresponda. b) Registro fotográfico. 29.2 El informe técnico de tasación de predios rústicos y terrenos eriazos comprende lo siguiente: 1. Memoria Descriptiva. 2. Tasación. a) Valor del terreno. b) Valor de las edificaciones: 1) Valor del área techada. 2) Valor de las obras complementarias. 3) Valor de instalaciones fijas y permanentes. c) Valor de plantaciones, según corresponda. d) Valor de bienes intangibles, según corresponda. e) Valor del el perjuicio económico, de corresponder. f) Valor total del predio. 3. Anexos a) Cuadro resumen de los elementos tasados, según corresponda. b) Registro fotográfico. CAPÍTULO VII SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD A ENTIDADES Y EMPRESAS ESTATALES DE DERECHO PÚBLICO O DE DERECHO PRIVADO: VALOR ESTIMADO DEL INMUEBLE CON FINES DE ADQUISICIÓN O EXPROPIACIÓN Artículo 30.- Valor Estimado del Inmueble Es la estimación del precio del bien inmueble que se realiza para efectuar un pago anticipado al sujeto pasivo a fin que el sujeto activo obtenga la posesión anticipada del mismo. El valor estimado del bien inmueble comprende únicamente la valuación del predio y sus mejoras elaborado de conformidad con lo establecido en el Reglamento Nacional de Tasaciones, por el órgano encargado de la Tasación a solicitud del sujeto activo. Artículo 31.- Requisitos para presentar la solicitud de valor estimado del inmueble con fines de adquisición o expropiación Los requisitos para solicitar el valor estimado del bien inmueble con fines de adquisición o expropiación, son los siguientes: 1. Solicitud dirigida a la Dirección de Construcción de la DGPRCS del MVCS. 2. Presentar un Expediente Técnico-Legal que contenga: Plano de afectación en coordenadas UTM-DATÚMWGS-84 indicando la ubicación y distribución en caso exista edificaciones, breve descripción, fotografías del bien; y, nombre o razón social, número del documento nacional de identidad o registro único del contribuyente del sujeto pasivo y elementos a valorizar, suscrito por profesional colegiado y hábil de la especialidad. 3. El pago por derecho de tramitación debe estar señalado en el Texto Único de Procedimiento Administrativo ­ TUPA del MVCS, el mismo que se establece de acuerdo a la metodología de determinación de costos de los servicios prestados en exclusividad según la normatividad legal vigente. Artículo 32.- Vías de recepción Los documentos pueden ser presentados en forma virtual o por Mesa de Partes del MVCS.

32.1 En el caso virtual, debe contar con su usuario y contraseña generada, previo registro en el Portal Institucional. 32.2 En caso sea por Mesa de Partes, el administrado debe prestarlos en la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo del MVCS. 32.3 Los administrados con domicilio legal en el interior del país, pueden presentar los documentos por correo certificado, a través de mesa de partes de los Centros de Atención al Ciudadano del MVCS a Nivel Nacional o de manera virtual. Artículo 33.- Unidad Orgánica que presta el servicio y atiende al administrado La Dirección de Construcción de la DGPRCS es la unidad orgánica del MVCS que presta el servicio y atiende al administrado. Artículo 34.- Plazo de atención El plazo para efectuar la tasación es hasta treinta (30) días calendario, computados a partir de la fecha de designación del perito. Artículo 35.- Informe Técnico de Tasación 35.1 El informe técnico de tasación de predio urbano comprende lo siguiente: 1. Memoria Descriptiva. 2. Tasación. a) Valor del terreno. b) Valor de las edificaciones: 1) Valor del área techada. 2) Valor de las obras complementarias. 3) Valor de instalaciones fijas y permanentes. c) Valor de bienes intangibles, según corresponda. d) Valor total del predio. 3. Anexos a) Cuadro resumen de los elementos tasados, según corresponda. b) Registro fotográfico. 35.2 El informe técnico de tasación de predios rústicos y terrenos eriazos comprende lo siguiente: 1. Memoria Descriptiva. 2. Tasación. a) Valor del terreno. b) Valor de las edificaciones. 1) Valor del área techada. 2) Valor de las obras complementarias. 3) Valor de instalaciones fijas y permanentes. c) Valor de plantaciones, según corresponda. d) Valor de bienes intangibles, según corresponda. e) Valor total del predio. 3. Anexos a) Cuadro resumen de los elementos tasados, según corresponda. b) Registro fotográfico. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.- De las inscripciones en el RPA al MVCS vigentes En el caso de las inscripciones de peritos que se encuentren vigentes en el RPA al MVCS, a la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento, surten sus efectos hasta el vencimiento del plazo consignado en la Resolución Directoral que aprueba su inscripción o renovación, en este caso los peritos adscritos pueden solicitar una nueva inscripción desde un mes antes de dicho vencimiento, de conformidad con lo regulado en el presente dispositivo.

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