Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de agosto de 2018 /

El Peruano

promueve y regula el uso de Perros Guía por Personas con Discapacidad Visual (2016). - Ley Nº 29535, Ley que otorga el reconocimiento oficial a la lengua de señas peruana (2010). - Ley 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor (2016). - Ley Nº 30412 que Modifica el Artículo 20 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, Disponiendo el Pase Libre en el Servicio de Transporte Público Terrestre para las Personas con Discapacidad Severa (2016). - Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres. - Ley N° 30150, Ley de Protección a las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Otras normas - Decreto Supremo N° 002- 2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Discapacidad - Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones y que incluye en su estructura, la Norma Técnica A-120, "Accesibilidad para Personas con Discapacidad y Personas Adultas Mayores" (2016). - Decreto Supremo N° 081-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico. - Decreto Supremo N° 033-2018-PCM, que crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y establece disposiciones para el desarrollo del Gobierno Digital. - Decreto Supremo N° 055-2018-PCM, que aprueba disposiciones de la Estrategia de Mejor Atención al Ciudadano ­MAC, y sus canales de atención. - Decreto Supremo N° 001-2015-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley de Protección a las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Planes de Acción Global - Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): El 25 de septiembre de 2015, la Asamblea General de la ONU mediante su Resolución N° 70/1 aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la cual cuenta con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 metas, constituyendo un plan de acción global para ser implementado por todos los países mediante una alianza de colaboración, con el propósito de hacer realidad los derechos humanos de todas las personas y no dejar a nadie atrás, incluyendo las generaciones futuras. Para la elaboración del presente instrumento se han considerado los siguientes objetivos enfocados a garantizar la accesibilidad para todas las personas: Objetivo 11: Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. El futuro que queremos incluye a ciudades de oportunidades, con acceso a servicios básicos, energía, vivienda, transporte y más facilidades para todos; siendo las metas planteadas referidas a la accesibilidad, para este objetivo los siguientes: Para 2030, proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial, en particular mediante la ampliación del transporte público, prestando especial atención a las necesidades de las personas en situación vulnerable, las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las personas de edad. Para 2030, aumentar la urbanización inclusiva y sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos en todos los países. Para 2030, proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad. Proporcionar apoyo a los países menos adelantados, incluso mediante la asistencia financiera y técnica, para que puedan construir edificios sostenibles y resilientes utilizando materiales locales. V ENFOQUES DEL PLAN El enfoque de Derechos Humanos La utilización del denominado Enfoque Basado en Derechos Humanos (EBDH) tiene como objetivo principal

propiciar avances en la lucha contra la pobreza, las desigualdades sociales, las prácticas discriminatorias y las relaciones asimétricas de poder que actualmente existen en nuestra sociedad. Fue precisamente durante la Cumbre Mundial del 2015, que tuvo lugar en el Perú, el evento en el que los estados miembros de la ONU, resolvieron por unanimidad integrar los Derechos Humanos en sus políticas nacionales y apoyar explícitamente su integración en el sistema de las Naciones Unidas. Queda claro entonces que son los derechos humanos, el instrumento fundamental para corregir las desigualdades sociales y las prácticas discriminatorias, así como la exclusión política, social y económica de determinados grupos sociales a fin de lograr el bienestar de todas y cada una de las personas. Desde esta perspectiva, aplicar el Enfoque Basado en Derechos Humanos para la redacción del Plan Nacional de Accesibilidad, tiene como finalidad no sólo superar las barreras arquitectónicas y urbanísticas que limitan o impiden el libre desplazamiento de las personas con discapacidad y las personas adultas mayores de manera autovalente, sino promover su verdadera inclusión social y educativa, y además un verdadero respeto de su dignidad. El enfoque Intergeneracional Este enfoque parte del reconocimiento de que todas las personas transitamos por etapas generacionales que marcan diferencias en términos de las capacidades físicas y mentales y que llevan a que las necesidades, aportes y responsabilidades de las personas varíen en cada etapa del ciclo de vida. Sostiene que debe haber reconocimiento y respeto de estas diferencias de edad, en un marco de igualdad de derechos. El enfoque inter-generacional, asume el supuesto de la necesaria interdependencia de las generaciones en las comunidades que habitan, que apunta a la construcción de una sociedad inclusiva y democrática, en la apuesta por "Una sociedad para todas las edades" (Lema del Año Internacional de las Personas Adultas Mayores de las Naciones Unidas, 1999). Ésta es la base para construir entornos propicios que contribuyan a reforzar la solidaridad entre las personas al interior de las comunidades. (PLANPAM 2013-2017) Su incorporación se relaciona con el Plan Nacional de Accesibilidad en la medida que promueve la construcción de una sociedad más justa para todas las personas, donde los individuos, independientemente de su edad o condición física, tengan las mismas oportunidades de ejercitar plenamente sus derechos humanos y libertades fundamentales sin restricción alguna. Asimismo, su inclusión es de vital importancia en la medida que genera conciencia social respecto de que la promoción de la accesibilidad no es un esfuerzo en favor de unos cuantos sino por el contrario una inversión en nuestro propio futuro. El enfoque inclusivo para la Gestión del Riesgo de Desastres El Perú, como otros países de la región reconoce la importancia y necesidad de aportar al proceso de integración como parte de la estrategia para el desarrollo sostenible dentro de su territorio, a través de la promoción e implementación de un conjunto de políticas, instrumentos y medidas orientadas a reducir los efectos adversos de los fenómenos peligrosos presentes en la Subregión. En ese contexto, la Estrategia Andina para la Gestión del Riesgo de Desastres - ASGRD, Decisión 819, aprobada en la Cuadragésima Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Reunión Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina, el 9 de mayo de 2017, y recientemente armonizada con el Marco de Sendai para la Reducción de Riesgos de Desastres 2015 - 2030, se erige como la nueva hoja de ruta sobre la gestión integral del riesgo de desastres, reconociendo la prevención como un criterio prioritario para reducir y mitigar los efectos ante la ocurrencia de eventos naturales y antrópicos que puedan dar lugar a situaciones de desastres.

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