Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2018 (22/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de agosto de 2018 /

El Peruano

Estadística y Gobierno Electrónico, Secretaria General, Sub Gerencia de Recaudación, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria y demás órganos competentes. Asimismo Encárguese a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico, la publicación en la página web de la Municipalidad: , y a la Gerencia de Comunicación Municipal, la respectiva difusión. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Sexta.- Facultades del Alcalde Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias. Se precisa asimismo que el fraccionamiento de la deuda tributaria es una forma de pago de la deuda, por lo que si éstas están en proceso coactivo, el Ejecutor Coactivo podrá ordenar de ser el caso, las medidas de embargo, retención y otras, conforme a sus atribuciones previstas en el inciso c) del artículo 25 de la Ley 26979-Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva. ............................... Sub Gerencia de Recaudación ............................... Firma del Contribuyente() o Representante( ) Nombre........................... DNI Nº .............................

RESOLUCION DE GERENCIA Nº XXXXXX ­ XXXXX-GR/MC Comas, xx de xxxx del xxxx

Dado en el Palacio Municipal a los siete días del mes de agosto del dos mil dieciocho. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde

VISTO: El Convenio de Fraccionamiento Nº «convenio», suscrito por el contribuyente «nombres», registrado con código de contribuyente Nº «codigo», correspondientes a los tributos municipales: xxxxxxxxxxxx, con domicilio fiscal en xxxxxxxxxxx. CONSIDERANDO:

SOLICITUD - APROBACION DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDA TRIBUTARIA REGIMEN ESPECIAL DE FRACCIONAMIENTO Nº XXXXXXX-XXXXX I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE Código: xxxxxxx Nombre: xxxxxxxxxxxxxxx Dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Fecha de actualización de la deuda: xxxxxxxxxxxxxxxxx II. CONCEPTO DE FRACCIONAMIENTO Tributo xxxx IP xxxx RC (predio xxx) xxxx PJ (predio xxx) xxxx SC (predio xxx) Monto total a fraccionar: S/. xxxx.xx III. DETALLE DEL CRONOGRAMA DE PAGO Cuota Inicial 01 02 03 04 Importe Interés 1.00000 1.00000 1.00000 1.00000 1.00000 Monto Fech. Venc. M. Insol. M. Reaj. M. Mora Gast. Total

Que, el artículo 36 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con D.S. Nº 133-2013-EF, dispone que la Administración Tributaria podrá conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria con carácter general, excepto en el caso de los tributos retenidos o percibidos. Que, el administrado suscribe el Convenio de Fraccionamiento Nº xxxxxxxx, con fecha xx de xxxxx de xxxx. Que mediante Ordenanza Municipal Nº 547/MC, se aprueba el "Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias", la que en su artículo 20º de las Causales de pérdida de Fraccionamiento, señala: "La pérdida de fraccionamiento se producirá automáticamente cuando el deudor incurra en falta de pago de tres cuotas vencidas del fraccionamiento", y que en concordancia con el artículo 8º numeral a), precisa que, como efecto del mismo "se emitirá la Resolución que declara la pérdida del fraccionamiento". Que, con Informe Nº xxxxxxx-GAT, la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria, comunica que el contribuyente ha cancelado 0, cuotas que asciende a S/.xxxx nuevos soles, y tiene pendiente de pago xx, cuotas que asciende a S/. xxxx nuevos soles, del convenio del Fraccionamiento Nº xxxxxx, correspondientes a los tributos: xxxxxxx, las cuales se encuentran vencidas. Que, habiendo incurrido en causal de pérdida del beneficio de fraccionamiento señalada en la norma antes descrita, de conformidad con la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", lo establecido en el D.S. Nº 133-2013-EF, que aprueba el TUO del Código Tributario; con el visto bueno de la Sub Gerencia de Recaudación. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la PÉRDIDA DE FRACCIONAMIENTO Nº xxxxxxxxxx, suscrito por xxxxxxxxxxxxxxx con código de contribuyente Nº xxxxxxxxx, aplicando la Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente. Artículo Segundo.- Aplicar los pagos efectuados por el contribuyente conforme a lo establecido en el artículo 31º del TUO Código Tributario. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto alguno las resoluciones emitidas con anterioridad, que se opongan a la presente. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución a la Sub Gerencia de Recaudación y la Ejecutoria Coactiva. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Se aprueba el Fraccionamiento solicitado, de la siguiente manera: La cuota inicial a pagar es de S/. xxxxxx soles, dejando un saldo de S/. xxxx soles a cancelarse en xx cuotas de S/. xxxxx soles cada una y conforme al cronograma señalado. Queda, entendido que la información proporcionada es completa y verdadera, en caso contrario, la Administración no se responsabiliza de los perjuicios que ocasione. En caso que el contribuyente incumpliera xx cuotas consecutivas, perderá el beneficio de fraccionamiento, debiendo notificarse la resolución que declara la pérdida del beneficio, conforme a los previsto en el artículo 20º de la Ordenanza Municipal Nº 547/MC, que aprueba el

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