Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2018 (22/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Miércoles 22 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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realizar las coordinaciones de las actividades y acciones administrativas que correspondan para su ejecución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1682804-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 547/MC Comas, 7 de agosto de 2018 El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen 018-2018-CEAFPP/MC de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto, de fecha 06 de agosto del 2,018; y, los siguientes documentos: El Informe Nº 1285-2018-SGRGR/MC, del 25 de julio del 2,018, de la Sub Gerencia de Recaudación; el Informe Nº 128-2018-GR/MC, del 25 de julio del 2,018, de la Gerencia de Rentas; y, el Informe Nº 304-2018-GAJ/MC, del 31 de julio de 2,018, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, concernientes al PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º otorga autonomía a las Municipalidades, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Que, el artículo 36º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que en casos particulares, la Administración Tributaria está facultada a conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria al deudor tributario que lo solicite, siempre que

dicho deudor cumpla con los requerimientos o garantías que aquella establezca; Que, en el caso de los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa de acuerdo a lo establecido en el artículo 195º de la Constitución, ejerciendo dicha función a través de Ordenanzas las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución; Que, a la fecha se encuentra vigente el Reglamento de fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, la cual fuera aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 520-C/MC de fecha 01 de noviembre del 2017; Que, la Gerencia de Rentas a través de la Subgerencia de Recaudación ha formulado el Proyecto de Reglamento entendiendo que deben incorporarse cambios en el tratamiento del tema, y a su vez actualizar los procedimientos, para su adecuación a la estructura orgánica vigente de la Municipalidad; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad con dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, el mismo que consta de 06 Títulos, 21 Artículos y 02 Disposiciones Finales y Complementarias que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar los formatos a utilizarse para la aplicación del presente Reglamento: - Formato 1. Solicitud de Fraccionamiento - Formato 2. Resolución de Pérdida Fraccionamiento. de

Artículo Tercero.- Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 520-C/MC, y toda norma que se oponga a la presente. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- En los casos de procedimiento de ejecución de garantías, se aplicará supletoriamente las disposiciones contenidas en el Código Procesal Civil. Segunda.- Los fraccionamientos aprobados en el marco de lo establecido en los reglamentos anteriores al presente, continuarán firmes. Tercera.- Los contribuyentes que hubieran suscrito convenios de fraccionamiento con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, podrán acogerse a la presente norma en lo que les resulte conveniente. Cuarta.- Implementación Difusión y Cumplimiento: Encargar la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Informática,

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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