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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (30/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 / El Peruano cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1685713-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban Directiva que regula el servicio de Base Gráfica Registral en archivo digital RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 215-2018-SUNARP/SN Lima, 27 de agosto de 2018VISTOS, el Informe Técnico Nº 016-2018-SUNARP/ DTR del 23/07/2018 emitido por la Dirección Técnica Registral, los informes Nº 517-2018-SUNARP/OGAJ del 04/07/2018 y Nº 570-2018-SUNARP/OGAJ del 17/07/2018 emitidos por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, los memorándums Nº 1196-2018-SUNARP/OGPP del 09/07/2018 y Nº 1248-2018-SUNARP/OGPP del 18/07/2018 emitidos por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorándum Nº 882-2018-SUNARP/OGTI del 22/06/2018 emitido por la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp es un organismo técnico especializado del Sector Justicia, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de dicho sistema; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-JUS se aprueba la tasa registral por derecho de tramitación a la publicidad del servicio de Base Grá fi ca Catastral en archivo digital que corresponde al 1.10% de la Unidad Impositiva Tributaria, el mismo que, de acuerdo a las competencias de la Sunarp, se entiende referido a la Base Gráfi ca Registral; Que, resulta necesario establecer el trámite que permita la prestación del servicio de publicidad simple de Base Grá fi ca Registral en archivo digital de manera ágil, efi ciente y estandarizada para todas las zonas registrales; Que, el trámite previsto permitirá otorgar el servicio de publicidad simple de la Base Grá fi ca Registral en archivo digital de todos los predios que se encuentren inscritos y grafi cados en la Base Grá fi ca Registral; Que, a efectos de brindar un mejor y óptimo acceso al contenido de las inscripciones por parte de los interesados, la Sunarp viene implementando permanentemente mecanismos y herramientas tecnológicas que permitan a nuestros usuarios acceder a la información registral de manera directa, oportuna y asequible; Que, por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 043-2003-SUNARP/SN, se aprobó el inicio del funcionamiento del Servicio de Publicidad Registral en Línea-SPRL, el cual, a la fecha, permite solicitar, abonar derechos registrales y obtener algunos servicios de publicidad registral; Que, la O fi cina General de Tecnologías de la Información ha desarrollado un sistema informático, que permite al usuario solicitar y obtener el servicio de publicidad simple de la Base Grá fi ca Registral en archivo digital a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea-SPRL, permitiendo su descarga previa consignación del número de solicitud y un código de veri fi cación; Que, las herramientas tecnológicas con las que la Sunarp cuenta, permiten atender el servicio de publicidad simple de la Base Grá fi ca Registral en archivo digital sin la obligatoriedad de acudir de forma presencial a las ofi cinas registrales o tener que pagar tasas por envío de documentación, lo que permite optimizar el tiempo y reducir los gastos del ciudadano, sin perjuicio de ello, se mantiene la posibilidad que el ciudadano acuda de forma presencial a las o fi cinas registrales para solicitar el servicio; Que, en función a las modalidades de presentación de la solicitud de publicidad previstas en el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional Nº 281-2015-SUNARP/SN, se ha visto por conveniente establecer para efectos del presente servicio, que la presentación de la solicitud de publicidad se efectuará en forma no presencial, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL o en forma presencial, bajo la modalidad de solicitud verbal; Que, atendiendo a los bene fi cios que irrogará la puesta en operación de lo propuesto, resulta conveniente aprobar el trámite y reglas para la expedición del servicio de publicidad simple de la Base Grá fi ca Registral en archivo digital; Que, el Consejo Directivo de la Sunarp en su sesión Nº 351, y en uso de la atribución conferida por el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS, acordó aprobar la Directiva que regula el servicio de Base Grá fi ca Registral en archivo digital aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-JUS, encomendando al Superintendente Nacional la formalización del acuerdo; Contando con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la Dirección Técnica Registral, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Tecnologías de la Información, todas de la Sunarp; Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º. Aprobación.- Aprobar la Directiva Nº 06 -2018-SUNARP/SN, Directiva que regula el servicio de Base Grá fi ca Registral en archivo digital aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2013-JUS. Artículo 2º. Entrada en vigencia.- La directiva aprobada en el artículo 1º de la presente resolución entra en vigencia a los treinta (30) días calendarios contados desde su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros PúblicosSUNARP DIRECTIVA Nº 06 -2018-SUNARP/SN DIRECTIVA QUE REGULA EL SERVICIO DE BASE GRÁFICA REGISTRAL EN ARCHIVO DIGITAL APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 004-2013-JUS I. OBJETIVOEstablecer el trámite y requisitos para la expedición, en archivo digital, de la información contenida en la Base Gráfi ca Registral. II. FINALIDADRegular el servicio de publicidad simple de la Base Gráfi ca Registral de manera ágil, e fi ciente y estandarizada a nivel nacional.