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53 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 El Peruano / complejidad y peligro a que se encuentren expuestos, debiendo adoptar el empleador las medidas preventivas necesarias para cautelar la salud del trabajador; así como también, recibir por parte del empleador los bienes, materiales e insumos necesarios y adecuados para cumplir con sus obligaciones, sin poner en riesgo su salud ni la de las personas que reciban sus servicios; Que, por lo expuesto, mediante el documento de Visto, la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional ha elaborado y propuesto la aprobación de la Norma Técnica de Salud: “Uso y Especi fi caciones Técnicas de la ropa de trabajo para el Personal Técnico y Auxiliar Asistencial de la Salud en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud”, cuyo propósito es uniformizar el uso de la ropa de trabajo del personal técnico y auxiliar asistencial de la salud que labora en las instituciones prestadoras de servicios de salud del Sector Salud; Que, en ese sentido, resulta conveniente publicar en el portal institucional del Ministerio de Salud la propuesta normativa antes señalada, con la fi nalidad de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, acerca de su contenido; Con el visado del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer que la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación, durante el plazo de treinta (30) días hábiles, del proyecto de Norma Técnica de Salud: “Uso y Especi fi caciones Técnicas de la ropa de trabajo para el Personal Técnico y Auxiliar Asistencial de la Salud en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud”, así como de la Resolución Ministerial que lo aprobaría, en el portal institucional del Ministerio de Salud, a través del enlace de Documentos en Consulta: http://www.minsa.gob.pe/index.asp?op=10, con el fi n de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta fi nal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1724729-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Disponen la simplificación de procedimientos administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 317-2018-TR Lima, 14 de diciembre de 2018VISTOS: el Informe N° 028-2018-MTPE/3/18/ALCC de la Dirección General de Servicio Nacional del Empleo, el Informe Técnico N° 047-2018-MTPE/3/17.1 y el Informe Técnico Nº 048-2018-MTPE/3/17.1 de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo de la Dirección General de Promoción del Empleo, el Informe Nº 114-2018-MTPE/2/14.1, el Informe N° 80-2018-MTPE/2/14.1 y el Informe Nº 160-2018-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Políticas y Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo, el Informe Técnico N° 66-2018-MTPE/2/15.1 de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, el Informe Nº 054-2018-MTPE/2/15.2 de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, el Informe Técnico Nº 074-2018-MTPE/4/9.3 de la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 3068-2018-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, señala que dicho Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo, que tiene entre sus funciones formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las siguientes materias: socio laborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, información del mercado de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certi fi cación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1448, Decreto Legislativo que modi fi ca el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa y perfecciona el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria; señala que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar el Análisis de Calidad Regulatoria respecto de los procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas de alcance general, a fi n de identi fi car, reducir y/o eliminar aquellos que resulten innecesarios, ine fi caces, injusti fi cados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento; a excepción de los procedimientos administrativos contenidos en leyes o normas con rango de ley, salvo que estén desarrollados en normas reglamentarias; Que, al respecto, el artículo 15 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecidos en el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2017-PCM, dispone que para la aplicación del análisis de calidad regulatoria de las disposiciones normativas vigentes, las entidades del Poder Ejecutivo deben remitir a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria el análisis de cada procedimiento administrativo dentro del plazo establecido en el Cronograma aprobado en el Anexo del acotado Decreto Supremo N° 075-2017-PCM; el mismo que para el caso del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se dispuso que sea hasta el 30 de noviembre del año 2017; Que, mediante la Resolución de Secretaría General N°122-2017-TR, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 060-2018-TR, se conformó el Equipo Técnico de Análisis de Calidad Regulatoria al interior del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que cumplió con remitir las fi chas para la evaluación de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria dentro del plazo previsto;