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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 El Peruano / el cargo de Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que es necesario aceptar la misma; Con las visaciones de las O fi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- ACEPTAR la renuncia formulada por la señora VERONICA VIOLETA ROJAS MONTES, al cargo de Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1724600-1 Aprueban Documento Técnico denominado “Modelo de Gobernanza y Relaciones Intergubernamentales del Sector Trabajo y Promoción del Empleo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 321-2018-TR Lima, 18 de diciembre de 2018VISTOS: El Memorando N° 1039-2018-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 208-2018-MTPE/4/9.4 de la O fi cina de Descentralización y el Informe N° 3072-2018-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; a cuyo efecto se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo en forma permanente y continua dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con las regiones y localidades; Que, el numeral 4 del artículo 6 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo tiene la función de Implementar la coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, con énfasis en las competencias compartidas; Que, asimismo, el Acuerdo Nacional ha establecido como Octava Política a la descentralización política, económica y administrativa, basada en la aplicación del principio de subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local del Estado, con el fi n de fortalecer éstos últimos y propiciar el crecimiento de sus economías; Que, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de estado orientan, formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas nacionales y sectoriales a su cargo;Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno al 2021, estableciendo que se desarrolla en cinco ejes, que se encuentran interrelacionados y que guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país, dentro de los cuales se encuentra, entre otros, la descentralización efectiva para el desarrollo; Que, el Poder Ejecutivo a través del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM ha establecido una normativa ad hoc para orientar a los sectores del gobierno nacional y a los gobiernos regionales y locales en la implementación de políticas nacionales sectoriales y multisectoriales, regulando la formulación y la implementación de las Políticas Nacionales vinculándolas con el ejercicio de la rectoría nacional; Que, de conformidad con lo estipulado en los incisos a) y c) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, son funciones del Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de trabajo y promoción del empleo, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, coordinar con los gobiernos regionales y locales la implementación de políticas nacionales y sectoriales, y evaluar su cumplimiento, así como brindar asistencia técnica para el cumplimiento de las funciones descentralizadas; Que, la función rectora del Sector Trabajo y Promoción del Empleo la ejerce el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo , y en ese sentido es quien dirige la gobernanza sectorial en un país descentralizado; en consecuencia, con la fi nalidad de fortalecer la rectoría del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y coadyuvar al desarrollo de la función a) y c) del artículo 7 de su Reglamento de Organización y Funciones, es pertinente contar con un Documento Técnico de Trabajo que de fi na el Modelo de Gobernanza y Relaciones Intergubernamentales del sector; Que, a través del documento de vistos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta de Documento Técnico denominado “Modelo de Gobernanza y Relaciones Intergubernamentales del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”, elaborado por la Ofi cina de Descentralización cuya fi nalidad busca delinear el marco conceptual y operativo de la gobernanza multinivel o descentralizada del ejercicio de las funciones de trabajo y promoción del empleo, considerando el ordenamiento normativo y las relaciones intergubernamentales entre los tres niveles de gobierno, para una adecuada, e fi ciente y efi caz implementación de las políticas nacionales y sub nacionales del sector y de los acuerdos y compromisos que se adopten bajo estas políticas; Que, asimismo, el propuesto Documento Técnico establece como mecanismos de gobernanza multinivel al Directorio Intergubernamental de Trabajo y Promoción del Empleo, la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, el Comité Regional Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo y el Comité Regional Intergubernamental y Multisectorial de Trabajo; los que permitirán el desarrollo de relaciones intergubernamentales e intersectoriales a través del diálogo directo y la concertación con énfasis en las funciones exclusivas y compartidas del sector; Que, actualmente, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo viene implementando mecanismos de gobernanza multinivel a través de la Resolución Ministerial N° 296-2018-TR, que dispuso la creación de la Comisión Intergubernamental y del Directorio Intergubernamental ambos del Sector Trabajo y Promoción del Empleo como instancias de permanente articulación intergubernamental con los gobiernos regionales y de coordinación y concertación de políticas y prioridades intergubernamentales con el Consejo Directivo de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR en materia de trabajo y promoción del empleo; Con la visación de la Secretaria General, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad a lo estipulado en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y