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105 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 El Peruano / la afi rmación de una cultura organizacional forjada en la integridad pública; así como en los valores éticos de todos sus integrantes (partes interesadas internas), que impregne esta misma mística a todas sus partes interesadas externas. Asimismo, a fi rma que un adecuado sistema de integridad pública incorpora necesariamente esquemas de trabajo alineados con la prevención de la corrupción, la identi fi cación y control de riesgos y la sanción frente a hechos reñidos con la ética e integridad pública, lo cual implica la autoevaluación de la organización, la corrección de sus debilidades, la voluntad y acción para afrontar sus amenazas -desde sus organismos de gobierno y de alta dirección-; así como potenciar sus fortalezas y aprovechar las oportunidades que se le presentan. Todo ello sintoniza con el clamor de la población de un Poder Judicial garante de la seguridad jurídica y de los derechos fundamentales de las personas. Décimo. Que, conforme a lo señalado en el párrafo precedente y en los fundamentos 3.98 a 3.102 del Informe de Viabilidad, se justi fi ca la implantación progresiva del Sistema de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el Poder Judicial, el mismo que debe iniciarse en diciembre de 2018 y concluir en diciembre de 2021, priorizando en el 2019 la elaboración de los diversos instrumentos políticos y de gestión que le den soporte normativo al sistema; así como actividades de sensibilización en la política de integridad a toda la organización, a cargo de una Comisión de Integridad Judicial - de vigencia provisional-, y durante los años 2020 y 2021, realizar la implementación a nivel nacional de órganos jurisdiccionales u o fi cinas, puestos de trabajo, programas, sistemas de gestión de riesgos, auditorías, seguimiento y monitoreo, entre otros, a cargo de la O fi cina de Integridad Pública del Poder Judicial y sus 35 órganos descentralizados - Coordinaciones Distritales a nivel nacional-, lideradas por el/la O fi cial de Integridad y los/las Coordinadores/as Distritales de Integridad, previa asignación de fi nanciamiento en el presupuesto del Poder Judicial para los Ejercicios Fiscales 2020 y 2021. Undécimo. Que resulta necesario que el proyecto de implementación progresiva del sistema de integridad pública en el Poder Judicial esté alineado con los objetivos estratégicos de la organización, incorpore acciones estratégicas, actividades institucionales, descripciones de meta, cronograma de ejecución con fechas de inicio y de término, indicadores de cumplimiento, metas por cantidad y unidad de medidas, programación anual, y determine a los responsables de las actividades dentro de la institución. En ese sentido, el Proyecto “Proyecto de Plan Nacional del Poder Judicial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 12.2018 -12.2021” se ajusta a las necesidades y expectativas de esta institución. Duodécimo. Que la programación del aludido Plan de Trabajo se justi fi ca porque se orienta a la maximización del uso de recursos del Poder Judicial. Así, hasta diciembre de 2019 se realizará una labor prioritariamente de despacho y de sensibilización - generación del soporte político y normativo del sistema de integridad pública judicial-, mientras que durante los años 2020 a 2021 se ejecutarán a nivel nacional programas, sistemas de gestión, implementarán o fi cinas, labores de supervisión, entre otros, que obviamente son mucho más costosas que aquellas. Decimotercero. Que el compromiso y liderazgo de la alta dirección con el modelo de integridad pública se evidencia, entre otros, a través de la creación de la COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones O ficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva “unidad de almacenamiento” o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi ficar. El texto en formato Word y si incluye grá ficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente – PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga). GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES