Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2018 (30/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Domingo 30 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Quinto. Que, por resolución del 29 de diciembre de 2017, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial conformó una Comisión de Trabajo a fin que se elabore una propuesta para institucionalizar y rediseñar el funcionamiento del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Sexto. Que la Comisión de Trabajo encargada de presentar propuesta para institucionalizar y rediseñar el funcionamiento del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante Informe N° 01-2018-CTSEDCF-PJ, propone la unificación de la Sala Penal Nacional y el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en concordancia con las bases de creación de cada uno de ellos; señalando que no existe impedimento normativo para su integración; y, por el contrario, su unificación optimizará el servicio y facilitará su funcionalidad jurisdiccional, administrativa y presupuestaria. Sétimo. Que, en tal sentido, estableciendo reglas claras de definición de la competencia y de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales unificados, se ha contemplado en el proyecto de "Estatuto de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios", su Exposición de Motivos, los principios, regulaciones y criterios de organización y actuación; así como, las reglas transitorias, finales y derogatorias; las mismas que han sido evaluadas; y, por ello, corresponde su aprobación. Octavo. Que el artículo 82°, incisos 24) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 8392018 de la trigésimo sexta sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe de la señora Consejera Tello Gilardi; y opiniones expresadas por los señores Consejeros. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; la cual tendrá competencia nacional. Artículo Segundo. Aprobar el "Estatuto de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios" que consta de veinte artículos; diez disposiciones finales y transitorias; y una disposición derogatoria; el mismo que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Designar como Presidenta provisional de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios a la señorita doctora Inés Felipa Villa Bonilla, Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Cuarto.- Autorizar a la designada Presidenta provisional de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, para que designe al Magistrado Coordinador del Sistema Especializado en Crimen Organizado. Asimismo, establecer que la doctora Susana Ynés Castañeda Otsu, Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, continuará como Magistrada Coordinadora del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Quinto.- Disponer que los órganos jurisdiccionales, plazas de jueces; y todo el personal jurisdiccional y administrativo de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de

Funcionarios, se mantengan con las mismas competencias y tramitación de los procesos que les corresponda. Asimismo, la Gerencia General del Poder Judicial efectuará las acciones administrativas pertinentes, para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución y en el Estatuto aprobado. Artículo Sexto.- Establecer un plazo de 180 días calendarios como régimen transitorio para el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios; el cual podrá ser prorrogado, previo informe sobre los avances de dicho proceso. Artículo Sétimo.- Dejar sin efecto cualquier otra norma administrativa que se oponga a la presente resolución. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano; así como, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento; los cuales entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial. Artículo Noveno.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Presidenta de la Sala Penal Nacional, Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente ESTATUTO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CRIMEN ORGANIZADO Y DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1°. Base normativa de la Corte Superior de Justicia Especializada 1. La Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios se constituye sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, conforme a lo establecido en el Capítulo III "Cortes Superiores", del Título I "Órganos Jurisdiccionales", de la Sección Segunda "Organización del Poder Judicial" del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 2. Su competencia, naturaleza jurídica y fines se rige de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 30077 y los Decretos Legislativos N° 1307 y N° 1342, así como en la normativa procesal pertinente. Artículo 2°. Objeto de regulación y criterios de organización 1. El presente Estatuto precisa y desarrolla la estructura, organización y funciones de la Corte Superior de Justicia Especializada. 2. La Corte Superior de Justicia Especializada se organiza bajo los criterios de especialización funcional, división de funciones y el modelo corporativo. 3. El régimen disciplinario de los Jueces y el personal jurisdiccional y administrativo está sujeto a la competencia de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura y la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Artículo 3°. Naturaleza jurídica La Corte Superior de Justicia Especializada es el órgano jurisdiccional del Poder Judicial encargado de administrar justicia en el ámbito de su competencia.

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