Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2018 (04/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 4 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas, necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 4192018 de la décima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana, sin la participación de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de julio de 2018, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2018 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA - Juzgado Civil Transitorio - Pisco CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE - Juzgado de Familia Transitorio - Ferreñafe CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI - Juzgado Mixto Transitorio - Coronel Portillo Artículo Segundo.- El Presidente de la Corte Superior de Junín en el plazo de diez días hábiles, deberá informar al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre lo siguiente: a) La carga procesal real existente en la 1° y 2° Salas Laborales Permanentes de Huancayo, a fin de confirmar si dicha información es similar a lo registrado en los sistemas informáticos del Poder Judicial. b) Evalúe la posibilidad de ampliar la competencia funcional de la 1° Sala Laboral Permanente de la Provincia de Huancayo para tramitar los procesos laborales de la subespecialidad Procesos Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP), con turno abierto; y asimismo, de la 2° Sala Laboral Permanente de la misma provincia para tramitar los procesos laborales de la subespecialidad Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) con turno abierto, o; c) La posibilidad de reubicar, tres plazas del Cuadro para Asignación de Personal de la 1° Sala Laboral Permanente de la Provincia de Huancayo, a la 2° Sala Laboral Permanente de la misma provincia, a fin de apoyar en la descarga de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, o; d) La posibilidad de que la Sala Civil Permanente de la Provincia Huancayo redistribuya plazas del Cuadro para Asignación de Personal, hacia la 2° Sala Laboral Permanente de la misma provincia, a fin de que dicha Sala Laboral tramite adecuadamente la carga procesal de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional. Artículo Tercero.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa remitirá en el plazo de diez días hábiles un informe sobre los siguientes aspectos: la carga procesal real existente en la 1º, 2º y 3º Salas Laborales de Arequipa, y la factibilidad de que la 1º, 2º y 3º Salas Civiles de Arequipa atiendan la carga referida a los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales (PCALP). Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Junín, Ica, Lambayeque, Ucayali; y a la Gerencia

General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1665713-3 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 178-2018-CE-PJ Lima, 25 de junio de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 486-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe Nº 049-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; así como, el Oficio Nº 289-2018-P-ETII.NLPT-CE-PJ, del Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, respecto a las propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 331-2017-CE-PJ, 038-2018-CE-PJ, 039-2018-CEPJ, 126-2018-CE-PJ y 127-2018-P-CE-PJ, se prorrogó hasta el 30 de junio de 2018, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial; disponiéndose, además, que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; así como, emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, la Resolución Administrativa Nº 245-2014-CE-PJ del 16 de setiembre de 2014, dispuso que la Comisión Nacional de Productividad Judicial tenga bajo su competencia el seguimiento, monitoreo y propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a nivel nacional bajo función estándar, que tramitan expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo y la liquidación con el anterior modelo laboral; así como, los liquidadores penales del antiguo régimen procesal, lo cual resulta concordante con lo establecido en el literal i) del numeral 6.2 de la Directiva Nº 013-2014-CE-PJ, "Lineamientos Integrados y Actualizados para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial y de la Oficina de Productividad Judicial", aprobada por Resolución Administrativa Nº 419-2014-CEPJ; así como, con lo dispuesto en el inciso 3) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobado con Resolución Administrativa Nº 286-2016-CE-PJ. Tercero. Que, por Resolución Administrativa Nº 185-2016-CE-PJ del 20 de julio de 2016, se aprobaron a partir del 1 de setiembre de 2016, los nuevos estándares de expedientes resueltos para los órganos jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como, para los órganos jurisdiccionales que se encuentran fuera de la sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del país, ubicados en las Zonas A, B y C. Cuarto. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial por Oficio Nº 486-2018-OPJ-CNPJ-CE-PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 049-2018-OPJCNPJ-CE/PJ, sobre la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Junín, La Libertad, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Piura, San Martín y Santa, cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 30 de junio de 2018. Dicha evaluación se efectuó en base a la información estadística registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del

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