TEXTO PAGINA: 42
42 NORMAS LEGALES Jueves 19 de julio de 2018 / El Peruano Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003- 2012-MIMP y modi fi catorias, establece que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Bene fi cencia Pública y los referidos a personas adultas mayores y sus derechos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando N° 373-2018-MIMP/DGFC, la Dirección General de la Familia y la Comunidad ha solicitado la transferencia de recursos fi nancieros, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 14/100 SOLES (S/ 622,738.14), a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones, que incluye el aguinaldo correspondiente, del mes de julio de 2018 de las citadas Sociedades de Bene fi cencia Pública, cuya relación obra en el Anexo adjunto al Informe N° 033-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, el cual la referida Dirección General hace suyo; Que, con Memorando N° 298-2018-MIMP/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 153-2018-MIMP/OGPP-OPR de la Ofi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable y otorga la correspondiente Certi fi cación Presupuestaria por el monto de hasta SEISCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 14/100 SOLES (S/ 622,738.14), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especí fi ca de gastos “2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Públicas” y de acuerdo a la meta presupuestaria señalada en el Cuadro N° 1 que obra en el referido Informe, para la transferencia fi nanciera a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, como apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones que, incluye el aguinaldo correspondiente, del mes de julio de 2018 de las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia Pública; Que, mediante Memorando N° 222-2018-MIMP/OGA, la O fi cina General de Administración solicita continuar con el trámite para la transferencia fi nanciera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Memorando N° 373-2018-MIMP/DGFC, por lo que adjunta, entre otros documentos, el proyecto de resolución ministerial que aprueba la citada transferencia con su visto bueno correspondiente; Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones, que incluye el aguinaldo correspondiente, de los pensionistas y trabajadores de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, según Anexo adjunto al Informe N° 033-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, resulta pertinente emitir el acto por el cual se apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 14/100 SOLES (S/ 622,738.14), correspondiente al mes de julio de 2018, a favor de las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia Pública; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 26918, Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo – SPR; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catorias; ֹSE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 14/100 SOLES (S/ 622,738.14), a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, como apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones, que incluye el aguinaldo correspondiente, del mes de julio de 2018 para las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia Pública. Artículo 2.- La O fi cina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Bene fi cencia Pública efectúan las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar sobre estas a la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deben ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, y la O fi cina General de Administración, en el marco de sus competencias, son las responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos materia de la presente transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo 1 se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1671755-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Austria RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2018-RE Lima, 18 de julio de 2018CONSIDERANDO:De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modi fi catoria la Ley N.° 29318; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1. Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Austria al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado. Artículo 2. Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4. Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.