Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2018 (19/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de julio de 2018 /

El Peruano

Disponen publicar un resumen de la resolución 2424 (2018) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la situación en la República Democrática del Congo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0403/RE-2018 Lima, 13 de julio de 2018 CONSIDERANDO Que el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 29 de junio de 2018, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la resolución 2424 (2018), referida a la situación en la República Democrática del Congo, siendo ésta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; Estando a lo acordado; SE RESUELVE Artículo 1.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la resolución 2424 (2018) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la situación en la República Democrática del Congo. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal electrónico de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org) Artículo 2.- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la resolución 2424 (2018) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Defensa Ministerio del Interior Superintendencia Nacional de Administración Tributaria Regístrese, comuníquese y publíquese, NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores Resolución 2424 (2018) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8300ª sesión, celebrada el 29 de junio de 2018 El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la República Democrática del Congo, Habiendo determinado que la situación en la República Democrática del Congo sigue constituyendo una amenaza a la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Decide prorrogar hasta el 1 de julio de 2019 las medidas de embargo de armas y artículos conexos contra la República Democrática del Congo que fueran enunciadas en los párrafos 1 a 6 de la resolución 2293 (2016); 3. Decide prorrogar hasta el 1 de agosto de 2019 el mandato del Grupo de Expertos establecido en el párrafo 6 de la resolución 2360; 6. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 1670956-1

SALUD
Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio del proyecto de Norma Técnica de Salud que regula la Elaboración del Plan de Gestión de Riesgo de los Productos Farmacéuticos y de su Resolución Ministerial aprobatoria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 671-2018/MINSA Lima, 17 de julio del 2018 Visto, el Expediente N° 18-025464-001, que adjunta la Nota Informativa N° 143-2018-DIEMID-DG-EA/MINSA, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, se han definido y establecido los principios, normas, criterios y exigencias básicas sobre los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de uso en seres humanos, en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos; Que, los numerales 12 y 13 de los literales A y B del artículo 40 del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 016-2017-SA, establecen que, como parte de los requisitos para la inscripción y reinscripción de especialidades farmacéuticas comprendidas en las Categorías 1 y 2, respectivamente, el interesado debe presentar el plan de gestión de riesgo para la inscripción, si la especialidad farmacéutica contiene un Ingrediente Farmacéutico Activo ­ IFA que no ha sido registrado previamente en el país; asimismo, el numeral 11 del literal C del referido artículo establece que tratándose, de la inscripción y reinscripción en el registro sanitario de las especialidades farmacéuticas comprendidas en la Categoría 3, el interesado debe presentar el plan de gestión de riesgo para la inscripción; Que, asimismo, los artículos 53 y 62 del precitado Reglamento establecen que, para la inscripción y reinscripción en el registro sanitario de los agentes de diagnóstico y de radiofármacos, deben presentarse los requisitos para las especialidades farmacéuticas considerados para la Categoría 1, entre los que se encuentra el plan de gestión de riesgo; Que, en ese mismo sentido, el numeral 15 del artículo 104 del mencionado Reglamento, modificado por Decreto Supremo N° 016-2017-SA, establece que, para la inscripción y reinscripción en el registro sanitario de los productos biológicos, el interesado debe presentar el plan de gestión de riesgo; Que, de otro lado, el artículo 151 del Reglamento antes mencionado dispone que el titular del registro sanitario y los poseedores de certificado sanitario deben presentar un plan de gestión de riesgo durante la vigencia del registro sanitario cuando, por razones de seguridad, la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, lo solicite; Que, el artículo 84 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, que constituye la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a que hace referencia la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos,

Aduanas

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