Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2018 (19/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Jueves 19 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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viaje; por lo que el gasto por concepto de asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval de la dotación del B.A.P. "CLAVERO" (CF-15), que se detalla en la relación nominal del Anexo y que forma parte integrante de la presente Resolución, para que participen en la visita de confianza mutua, con zarpe del poblado de Chimbote (Iquitos), República del Perú, el 18 de julio de 2018, con escala en el poblado de Santa Rosa (Iquitos), arribando al puerto de Leticia, República de Colombia, el 19 de julio de 2018; así como, su zarpe de retorno el 22 de julio de 2018, arribando al puerto de Iquitos, República del Perú, el 27 de julio de 2018, con permanencia en puerto extranjero por un período total de CUATRO (4) días. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (4 días) US$. 89.83 x 1 Oficial Superior x 4 días - Leticia (Colombia) US$. 74.86 x 2 Oficiales Subalternos x 4 días - Leticia (Colombia) US$. 71.28 x 30 Técnicos y Oficiales de Mar x 4 días - Leticia (Colombia) US$. 44.91 x 3 Personal de Marinería x 4 días - Leticia (Colombia) TOTAL A PAGAR: US$. 359.32 US$. 598.88 US$. 8,553.60 US$. 538.92 ----------------------US$. 10,050.72

ENERGIA Y MINAS
Designan coordinadora del Ministerio ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, creado por D.S. N° 004-2018-MC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2018-MEM/DM Lima, 13 de julio de 2018 VISTO: El Decreto Supremo N° 004-2018-MC, de 6 de junio de 2018, que crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura; CONSIDERANDO: Que, el objetivo del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, es formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, y ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración; Que, el Proyecto Especial puede conformar Grupos de Trabajo con la participación de otros Sectores y representantes del sector privado o sociedad civil, liderados por un Ministerio de acuerdo a la naturaleza de cada iniciativa, responsables de su ejecución y rendición; Que, la vigencia del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú se extiende hasta los ciento veinte (120) días hábiles posteriores a la culminación de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, conforme al artículo 8 del Decreto Supremo N° 004-2018-MC, todos los Ministerios comunican al Proyecto Especial la designación de la persona que se encargará de realizar las acciones de coordinación por parte de su Sector, como parte de las actividades de conmemoración del Bicentenario de la Independencia Nacional. Dicha designación se formaliza mediante la respectiva Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 004-2018-MC, que crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Carolina Jennifer Sifuentes Castro, Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, como coordinadora del Ministerio de Energía y Minas ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, creado por Decreto Supremo N° 004-2018-MC. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la funcionaria designada en el artículo 1, así como al Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1671465-1

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1671759-1

Designan Director de Sistema Administrativo I de la Oficina de Tecnologías de la Información
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 274-2018-MEM/DM Lima, 18 de julio de 2018

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