Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2018 (19/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 19 de julio de 2018

NORMAS LEGALES
ACTO Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha Máxima de Presentación

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la Av. Pumacahua s/n del distrito de Villa El salvador, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-134121-2018 de fecha 16 de mayo de 2018, La Empresa adjunta documentación complementaria a su solicitud, precisando que su solicitud es para operar con una (01) línea de inspección técnica vehicular de tipo mixta, y el local propuesto se ubica en Av. Mateo Pumacahua Sub Lote 1B de Sociedad Unión de Colonizadores, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima (Ref. al costado de Makro); Que, con Oficio N° 4157-2018-MTC/15.03 de fecha 24 de mayo de 2018, notificado el 30 de mayo de 2018, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-154722-2018 de fecha 06 de junio de 2018, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de levantar las observaciones señaladas en el Oficio Nº 4157-2018-MTC/15.03; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 633-2018MTC/15.03; en el cual se concluye que La Empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; y en aplicación de los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de El TUO de la Ley, procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar como Centro de Inspección Técnica Vehicular a la empresa REVISA PERÚ S.A.C. por el plazo de cinco (05) años, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV tipo fijo, con una (01) Línea de Inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en la Av. Mateo Pumacahua Sub Lote 1B de Sociedad Unión de Colonizadores, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima (Ref. al costado de Makro). Artículo 2°.- La Empresa autorizada deberá presentar, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspectión Agencies - IFIA, con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3°.- La empresa REVISA PERÚ S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Fecha Máxima de Presentación 16 de mayo de 2019 16 de mayo de 2020 16 de mayo de 2021 16 de mayo de 2022

16 de mayo de 2023

En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4°.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa REVISA PERÚ S.A.C. a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5°.- La empresa REVISA PERÚ S.A.C. debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los siguientes documentos:
Documentos Fecha Máxima de Presentación

Relación de equipamiento requerido por el Noventa (90) días Artículo 34° de El Reglamento y documentos calendarios de otorgada que sustenten la propiedad y/o condición de la autorización. arrendatario financiero sobre los mismos. Planos de Ubicación y Distribución en este último Treinta (30) días caso con su Memoria Descriptiva del local del calendarios de otorgada Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV la autorización. suscrita por el representante legal. Copia simple del título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro que acredite la posesión legítima y el atributo Treinta días (30) días de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria calendarios de otorgada requerida en el artículo 36 del Reglamento Nacional la autorización. de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC. Licencia de Funcionamiento y Certificado de Noventa (90) días Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad calendarios de otorgada correspondiente. la autorización.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 6°.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa REVISA PERÚ S.A.C., los gastos que origine su publicación. Artículo 7°.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 8°.- Notificar la presente Resolución Directoral en el domicilio legal señalado por la empresa REVISA PERÚ S.A.C., ubicado en la Av. Cayetano Heredia N° 925, Urb. Fundo Oyague, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1666085-1

Establecen medida de restricción de la circulación de vehículos en la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central) durante los días 26, 27 y 29 de julio de 2018
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2998-2018-MTC/15 Lima, 10 de julio de 2018

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