Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2018 (19/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 19 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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13. En caso de errores fortuitos, estos podrán ser subsanados en tanto se respeten las instrucciones para el llenado. 14. Para el inicio del registro de información en el libro de operaciones se debe realizar de manera previa un inventario inicial de las existencias de productos en el centro de transformación primaria, debiendo consignarse el termino "INV INICIAL" en el campo de observaciones de las secciones según el siguiente detalle: a. En el caso de trozas en la seccion de ingresos. b. En el caso de producto producido, en la sección de producto terminado. Dicha información deberá también registrarse como saldo inicial, al comenzar el llenado de los cuadros resumen.

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Consignar información adicional sobre los productos que ingresan al centro de transformación primaria, por ejemplo: i. Cuando se seccione una troza, previo a su transformación o despacho, se deberá consignar el término "Retrozado", en cuyo caso los datos de cada sección obtenida se registrarán en el Apartado 2 (Retrozado). ii. Cuando la troza presente rajadura se debera consignar el término "rajado". En el pie de página correspondiente a "detalles de observaciones", se deberá hacer referencia al número de registro de la línea de datos que se esta observando.

* Para productos de uso final que esten conformados por mas de una especie, no es obligatoria la consignación de los nombres comunes y científicos. (Ej. cajas de fruta, parihuelas, entre otros). SECCION 2: CONSUMO DE TROZAS En esta sección deberán registrarse las trozas que hayan sido consumidas por transformación, uso interno, venta u otros, de acuerdo a las siguientes indicaciones: 1 2 3 4 5 6 Consignar el número correlativo para cada línea de registro de datos. Consignar la fecha (día, mes y año) de consumo de las trozas. Consignar el nombre común o comercial de la especie que es consumida. Consignar el nombre científico de la especie que es consumida. Consignar el código de procedencia, de planta o de retrozado de la troza consumida de acuerdo a lo registrado en la sección ingresos o en el Apartado 2. Consignar el volumen en metros cúbicos de la troza que es consumida. Consignar información adicional sobre el consumo de trozas cuando estas no se transforman, indicando el motivo de dicho consumo, por ejemplo: venta, consumo interno u otros. En el pie de página correspondiente a "detalles de observaciones" se deberá hacer referencia al número de registro de la línea de datos que se esta observando. SECCION 3: PRODUCTO TERMINADO En esta sección deberán registrarse todos aquellos productos que fueron producidos o ingresaron al centro de transformación primaria que saldrán posteriormente de la planta por venta, traslado u otros; de acuerdo a las siguientes indicaciones: 1 2 3 4 Consignar el número correlativo para cada línea de registro de datos. Consignar la fecha (día, mes y año) del momento en que se registran los productos terminados. Consignar el tipo de producto terminado, de acuerdo a la lista establecida por la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. Consignar el nombre común o comercial de la especie del producto terminado. Consignar la unidad de medida utilizada para cuantificar el producto terminado; pudiendo ser entre otros, según corresponda: m3: metros cúbicos para volumen kg: kilogramos para peso unidad: unidades de producto. Consignar la cantidad de producto terminado. Consignar información adicional sobre los productos terminados, por ejemplo: i. Cuando el producto terminado provenga de la recuperación del aserrio de trozas (Ej. tapas), se deberá consignar el término "recuperación de trozas". ii. Cuando el producto terminado provenga de la recuperación del reaserrio de madera aserrada (Ej. despuntes), se deberá consignar el término "recuperación de madera" En el pie de página correspondiente a "detalles de observaciones" se deberá hacer referencia al número de registro de la línea de datos que se esta observando. SECCION 4: SALIDAS En esta sección deberán registrarse todas las salidas de productos desde el centro de transformación primaria sea por venta, traslado u otros, de acuerdo a las siguientes indicaciones: 1 Consignar el número correlativo para cada línea de registro de datos. Consignar la fecha (día, mes y año) de salida del producto desde el centro de transformación, debiendo coincidir con la fecha de emisión de la Guía de Transporte Forestal o documento que ampara el transporte. Consignar el tipo de documento con el que sale el producto desde el centro de transformación primaria registrando sus siglas, según corresponda: GTF:Guía de Transporte Forestal GR: Guía de Remisión OTROS: Documento permitido por la legislación forestal y de fauna silvestre; este deberá especificarse en las observaciones. Consignar el número del documento con el que sale el producto desde el centro de transformación primaria. Consignar el tipo de producto que sale del centro de transformación primaria, de acuerdo a lo establecido por la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. Consignar el nombre común o comercial de la especie del producto que sale del centro de transformación primaria. Consignar el nombre científico de la especie del producto que sale del centro de transformación primaria.

INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO DE INFORMACIÓN EN EL LIBRO DE OPERACIONES DE CENTROS DE TRANSFORMACIÓN PRIMARIA DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS FORESTALES MADERABLES ITEM DESCRIPCIÓN SECCION 1: INGRESOS En esta sección deberán registrarse sin excepción todos los ingresos de trozas y productos transformados al centro de transformacion primaria para su procesamiento y/o comercialización, de acuerdo a las siguientes indicaciones: 1 2 Consignar el número correlativo para cada línea de registro de datos. Consignar la fecha (día, mes, año) de ingreso de productos al centro de transformación primaria. Consignar el tipo de documento que ampara el transporte de productos al centro de transformación primaria registrando sus siglas, según corresponda: GTF:Guía de Transporte Forestal GR: Guia de Remisión OTROS: Documento permitido por la legislación forestal y de fauna silvestre; este deberá especificarse en las observaciones. Consignar el número del documento que ampara el transporte de productos al centro de transformación primaria. Consignar el número de la fuente de procedencia de donde provienen los productos que ingresan al centro de transformación primaria, de acuerdo al Apartado 1 (Fuentes de procedencia de la madera). Consignar el tipo de producto que ingresa al centro de transformación primaria, de acuerdo a la lista establecida por la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. Consignar el nombre común o comercial de la especie que ingresa al centro de transformación primaria. Consignar el nombre científico de la especie que ingresa al centro de transformación primaria; debiendo corresponder a la consignada en la Guía de Transporte Forestal o documento que ampara el transporte. Consignar el código asignado al producto con el que fue transportado desde la fuente de procedencia. En caso la fuente de procedencia del producto sea el área de aprovechamiento de un título habilitante, se consigna el código de la troza con la que salió del bosque. Una vez implementado el Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre - SNIFFS, este campo deberá corresponder al código único. En caso la fuente de procedencia del producto sea un centro de transformación primaria, y se requiera trasladar una troza, se deberá consignar el código de la troza con la que salió desde dicho punto. En caso la fuente de procedencia del producto sea un centro de transformación primaria y se requiera trasladar productos transformados no se consignará el código de procedencia. Los productos cuya fuente de procedencia sea el área de aprovechamiento de un acto administrativo que no constituya título habilitante (Ej. cambio de uso, desbosque, plantación), no cuentan con código de procedencia. Consignar el código asignado por el titular del centro de transformación primaria al producto que ingresa a la planta (Opcional). Esta codificación será obligatoria para trozas que no cuenten con código al momento de su ingreso. En caso el producto provenga del área de aprovechamiento de un acto administrativo que no constituya titulo habilitante (Ej. cambio de uso, desbosque, plantación), se consignará obligatoriamente el código de la planta. Consignar la unidad de medida utilizada para cuantificar el producto que ingresa al centro de transformación primaria, pudiendo ser entre otros, según corresponda: m3: metros cúbicos para volumen kg: kilogramos para peso unidad: unidades de producto; Esta información deberá coincidir con lo señalado en la Guía de Transporte Forestal o documento que ampara el transporte. Consignar la cantidad de producto que ingresa al centro de transformación primaria.

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