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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2018 (27/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Viernes 27 de julio de 2018 / El Peruano Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, recomienda la autorización como entidad certi fi cadora de competencias a la Autoridad Nacional del Agua – ANA, para certi fi car competencias en la ocupación de “Promotor de cultura del agua” , con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certi fi cación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo ”, aprobado con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P; acompañando a tal efecto, el Informe N° 000008-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP-CCA, con la documentación respectiva; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N°043-2018-CDAH, de sesión de fecha 18 de julio 2018, se otorgó la autorización a la Autoridad Nacional del Agua – ANA, como Entidad Certi fi cadora de competencias en la ocupación de “Promotor de cultura del agua” con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ofi cializar el Acuerdo N°043-2018- CDAH, de sesión de fecha 18 de julio 2018, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se autoriza a la Autoridad Nacional del Agua – ANA, como Entidad Certi fi cadora de competencias en la ocupación de “Promotor de cultura del agua”, con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo Segundo . - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad HocSineace 1674082-2 Oficializan Acuerdo que autoriza a la Asociación Civil AL TERNATIVA, Centro de Investigación Social y Educación Popular, como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de “Promotor de cultura del agua” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 128-2018-SINEACE/CDAH-P Lima, 25 de julio de 2018VISTO: El Informe N°000028-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, recomienda la autorización como entidad certi fi cadora de competencias a la Asociación Civil ALTERNATIVA, Centro de Investigación Social y Educación Popular, para certi fi car competencias en la ocupación de “ Promotor de cultura del agua ”, con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certi fi cación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo ”, aprobado con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P; acompañando a tal efecto, el Informe N°000013-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP-MDM, con la documentación respectiva; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N°044-2018-CDAH, de sesión de fecha 18 de julio 2018, se otorgó la autorización a la Asociación Civil ALTERNATIVA, Centro de Investigación Social y Educación Popular, como Entidad Certi fi cadora de competencias en la ocupación de “Promotor de cultura del agua” con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ofi cializar el Acuerdo N°044-2018- CDAH, de sesión de fecha 18 de julio 2018, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se autoriza a la Asociación Civil ALTERNATIVA, Centro de Investigación Social y Educación Popular, como Entidad Certi fi cadora de competencias en la ocupación de “Promotor de cultura del agua” , con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo Segundo . - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad HocSineace 1674082-3