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26 NORMAS LEGALES Martes 31 de julio de 2018 / El Peruano de las transferencias fi nancieras realizadas por el Pliego Seguro Integral de Salud a las Unidades Ejecutoras (UE) y UGIPRESS, a fi n de preservar la cobertura de atenciones de salud y prestaciones administrativas a sus asegurados, en el marco de los convenios de fi nanciamiento suscritos con los Gobiernos Regionales, Ministerio de Salud, Pliegos y/o Unidades Ejecutoras a nivel nacional; Que, las prestaciones administrativas por Traslados de Emergencia cuyo pago es transferido por el SIS por concepto No Tarifado se encuentran contempladas dentro de los Convenios suscritos entre el Seguro Integral de Salud y los Gobiernos Regionales y Direcciones de Redes Integradas de Salud, a través de las especí fi cas de gasto detalladas en los convenios, siendo estas fi nanciadas con recursos de las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios (RO) y Recursos Directamente Recaudados (RDR); Que, en el marco de lo establecido en el numeral 5.2.6 de la Resolución Jefatural N° 132-2015/SIS, que aprueba la «Directiva Administrativa que regula los procedimientos para el Traslado de Emergencia de los asegurados al SIS», se de fi ne al Traslado de Emergencia como el transporte de emergencia del asegurado al SIS y un acompañante, de su domicilio o de una IPRESS hacia otro con el fi n de completar o complementar el proceso de atención defi nitiva; éste comprende la referencia y contrarreferencia correspondiente, puede realizarse por vía aérea, terrestre, fl uvial, lacustre, marítima o mixta. Se considera también el traslado de un asegurado hospitalizado a otro establecimiento para realizarse pruebas diagnósticas o de tratamiento necesarias para completar su atención; Que, asimismo, el numeral 6.1 de la Directiva antes señalada establece que los gastos a reconocer por Traslados de Emergencia incluyen el servicio de ambulancia de la IPRESS que la otorgó, viáticos del personal de salud que acompaña durante la referencia y el chofer, según corresponda, de acuerdo a la norma relacionada a ese efecto; Que, a través del Informe N° 025-2018-SIS/OGPPDO- DADZ la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal para el pago de Prestaciones Administrativas No Tarifadas - Periodo 2018 y aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 993 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Memorando N° 667-2018-SIS-GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF solicitó a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional la ampliación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 993 para el pago de prestaciones administrativas No Tarifadas por Traslados de Emergencia 2018; Que, con Informe N° 030-2018-SIS/OGPPDO- DADZ, la OGPPDO emite opinión favorable y aprueba la ampliación del Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 993 hasta un monto de S/ 1 820 000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTE MIL Y OO/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, correspondiente al pago de Prestaciones Administrativas No Tarifadas - Periodo 2018; Que, según Informe Conjunto N° 002-2018-SIS/GNF/ SGRF-SGF/VMMG-MLR, la GNF, conforme a las cláusulas establecidas en los Convenios suscritos con las Unidades Ejecutoras, concluyó que el importe de las prestaciones por Traslados de Emergencia a transferirse asciende a S/ 2 742 662.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES); Que, mediante Informe N° 265-2018-SIS/OGAJ-DE, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable la Transferencia Financiera, a favor de las Unidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo de la presente Resolución Jefatural, para el pago prospectivo de las prestaciones administrativas No Tarifadas; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y,De conformidad con lo establecido en los numerales 15.1 y 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 2 742 662.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y al calendario julio 2018, a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Direcciones de Redes Integradas de Salud detallados en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural, para fi nanciar las prestaciones administrativas por Traslados de Emergencia que se brinden en el marco de los convenios y adendas respectivas suscritos con el Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Disponer que las Unidades Ejecutoras que reciben transferencias prospectivas por concepto de traslados de emergencia, para su incorporación, deben crear una secuencia funcional exclusiva para tal fi n en la actividad presupuestaria 5002197: Prestaciones administrativas subsidiadas/no tarifado y/o en la actividad presupuestaria 5002196: Prestaciones administrativas semicontributivas/no tarifado, así como en los clasi fi cadores 2.3.13.11 «Combustibles y carburantes», 2.3.21.21. «Pasajes y gastos de transporte», 2.3.21.22. «Viáticos y asignaciones por comisión de servicio» y 2.3.21.299 «Otros Gastos». Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo 1 de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1675337-1 Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondientes a julio 2018 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 152-2018/SIS Lima, 30 de julio de 2018VISTOS: El Memorando N° 1069-2018-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe N° 032-2018-SIS/GNF-SGF/MLR con Proveído Nº 478-2018-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe Nº 261-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 540-2018-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,