Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2018 (31/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 31 de julio de 2018 / El Peruano Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por los Literales f) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dar por concluida la designación temporal de la señora Elena Sánchez Del Valle en el cargo de Jefa de la O fi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, efectuada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 068-2018-OEFA/PCD, con efectividad al término del 31 de julio de 2018. Artículo 2°.- Designar a la señora Silvia Nelly Chumbe Abreu en el cargo de Jefa de O fi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con efectividad a partir del 1 de agosto de 2018. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1675473-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aprueban modificación de Licencia Institucional solicitada por la Universidad de Ingeniería y Tecnología - UTEC y disponen reconocer el cambio de denominación de dos programas de estudio y de título RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 085-2018-SUNEDU/CD Lima, 30 de julio de 2018I. VISTOS:La Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario N° 34486-2017-SUNEDU-TD del 27 de setiembre de 2017, presentada por la Universidad de Ingeniería y Tecnología - UTEC (en adelante, la Universidad); y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 004-2018-SUNEDU/02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic); y, II. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 015-2016-SUNEDU/CD 1 se resolvió otorgar la Licencia Institucional a la Universidad, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en el distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, con una vigencia de seis (6) años, reconociéndose cinco (5) programas existentes y trece (13) programas que conformaron su nueva oferta académica; Que, el Capítulo IV del “Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional” (en adelante, el Reglamento), aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, establece el procedimiento de modi fi cación de la licencia institucional, que permite a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para (i) la creación o modi fi cación de programas de estudios; y (ii) la creación o modi fi cación de la mención de los grados y títulos. Asimismo, el numeral 26.2 del artículo 26 del Reglamento establece que para los supuestos de modi fi cación de la licencia institucional se evaluarán aquellos indicadores que resulten aplicables al supuesto planteado por las universidades solicitantes; Que, el numeral 27.2 del artículo 27 del Reglamento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, en lo que le resulte aplicable; Que, mediante Resolución Directoral N° 005-2017-SUNEDU/DILIC del 25 de mayo de 2017, se aprobaron las condiciones, componentes, indicadores, medios de veri fi cación y formatos aplicables a los supuestos de modi fi cación de licencia institucional previstos en el Reglamento; Que, el 27 de septiembre de 2017, la Universidad presentó su SMLI, requiriendo el cambio de denominación de dos (2) programas de nivel de pregrado, “Ingeniería Química Industrial” por “Ingeniería Química” e “Ingeniería Informática (Computer Science)” por “Ciencia de la Computación”; Que, mediante Resolución de Trámite N° 001-2017 del 2 de octubre de 2017, se dio por iniciado el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional de la Universidad y, mediante Resolución de Trámite N° 002-2017 del 3 de octubre de 2017, se aprobó la conformación del equipo responsable de la evaluación; Que, mediante Carta N° 112-2017-UTEC-DAE del 10 de noviembre de 2017, la Universidad brindó respuesta al O fi cio N° 748-2017/SUNEDU-02-12 e indicó que los programas, cuya variación de denominación solicita, no cuentan con menciones. Asimismo, la Universidad presentó la resolución mediante la cual se modi fi có la denominación del programa Ingeniería Informática (Computer Science) a Ciencia de la Computación; Que, mediante Carta s/n del 9 de febrero de 2018, la Universidad solicitó una ampliación de plazo para completar y remitir información requerida por la Sunedu en una reunión sostenida el 29 de enero de 2018, comprometiéndose a enviar la justi fi cación del cambio de denominación de cada programa, solicitud que fue atendida mediante O fi cio N° 146-2018/SUNEDU-02-12 del 19 de febrero de 2018; Que, el 28 de febrero de 2018, la Universidad remitió la Carta N° 012/2018-UTEC-DAE, adjuntando la justifi cación de modi fi cación de programa de estudio del programa Ingeniería Informática (Computer Science) y del programa Ingeniería Química Industrial, documentación que fue incorporada al expediente mediante Resolución de Trámite N° 004 del 1 de marzo de 2018; Que, mediante Resolución Directoral N° 006-2018-SUNEDU/DILIC del 17 de abril de 2018, se precisó que, para efectos de las solicitudes de modi fi cación de licencia institucional, se podrían presentar tres (3) escenarios que precisan las condiciones, componentes, indicadores, medios de veri fi cación y formatos aplicables, en concordancia con los supuestos de modi fi cación de la licencia institucional previstos en el Reglamento 2; Que, mediante Carta N° 027-2018-UTEC-DE del 1 de junio de 2018, la Universidad remitió información adicional consistente en la comparación de las sumillas de los cursos de las mallas curriculares presentadas a efectos de cambio de denominación, informando, además, que no existe modi fi cación a la infraestructura declara en el licenciamiento; 1 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, 25 de marzo de 2016. 2 Escenario 1: Creación de establecimiento donde se brinde el servicio conducente a grados y títulos. Escenario 2: Creación de un programa de estudios y/o una mención de los grados y títulos y/o ampliación de oferta de programa de estudios licenciado conducente a grados y títulos. Escenario 3: Modi fi cación de un programa de estudios conducente a grados y títulos y/o una mención de los grados y títulos.