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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (13/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de junio de 2018 / El Peruano Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 001- 2017-INBP se resolvió aprobar la adecuación orgánica y funcional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, disponiendo que los órganos y unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú utilicen la denominación que se consigna en el Reglamento de Organización y Funciones, así como sus respectivas siglas, ejerciendo las funciones que les correspondan, precisándose la continuidad de la actividad del personal que haya sido designado o que se encuentre desempeñando funciones en cada uno de los órganos y unidades orgánicas; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 002-2017- INBP se resolvió ASIGNAR, temporalmente las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2017-IN hasta el tercer nivel organizacional, al personal sujeto a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1057 Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en tanto se apruebe el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, asignándosele al Abogado Jesús Antonio Espinoza Maguiño las funciones de Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la INBP; Que, mediante Carta S/N, de fecha 06 de junio de 2018, el Abogado Jesús Antonio Espinoza Maguiño, presenta su carta de renuncia por motivos personales al cargo de Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la INBP, siendo la fecha de término de la relación laboral el lunes de junio de 2018; Que, mediante Informe Nº 293- INBP/OA/URH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que el personal propuesto para asumir la O fi cina de Asesoría Jurídica cumple con los requisitos mínimos establecidos en el clasi fi cador de cargo vigente; Que, el Intendente Nacional tiene entre sus funciones conducir la gestión de los recursos humanos, tecnológicos y fi nancieros para el logro de los objetivos y funcionamiento de la INBP, así como designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de con fi anza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, de conformidad con el artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la INBP el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de Intendencia en el ámbito de su competencia; Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN; y con el visto de la Secretaría General, la O fi cina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la INBP SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia, a partir del 11 de junio de 2018, presentada por el Abogado Jesús Antonio Espinoza Maguiño al cargo de Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la INBP; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir del 12 de junio de 2018, a la Abogada GISELLA MILAGROS SÁNCHEZ MANZANARES en el cargo de Directora de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 3º.- DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos de la INBP realice las acciones necesarias para la contratación del funcionario designado, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo 4º.- DISPONER, que la Unidad de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PETER RAFAEL GONZÁLES REYES Intendente Nacional (e) 1658818-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban la difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios, presentado por GYM FERROVÍAS S.A. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE ATENCIÓN AL USUARIO Nº 001-2018-GAU-OSITRAN Lima, 8 de junio de 2018VISTOS:Las Cartas GYMF-2018-0739 de fecha 26 de abril de 2018 y GYMF-2018-0933 de fecha 29 de mayo de 2018, mediante las cuales la empresa concesionaria GYM Ferrovías S.A solicita modi fi car su Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3.1 de la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, establece que OSITRAN tiene como misión regular el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando de forma imparcial y objetiva los interés del estado, de los inversionistas y de los usuarios a fi n de garantizar la efi ciencia en la explotación de la infraestructura bajo su ámbito; Que, la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, establece que los organismos reguladores ejercen, dentro del ámbito de su competencia, la función de solución de controversias y la función de solución de reclamos de los usuarios de los servicios que regulan; Que, mediante Ley Nº 29754, se dispone que OSITRAN es la entidad competente para ejercer la supervisión de los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros en las vías concesionadas que forman parte del sistema eléctrico de transporte masivo de Lima y Callao; Que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2006-PCM, la entidad se encuentra facultada para resolver en la vía administrativa, las controversias y reclamos que surjan entre entidades prestadoras y entre éstas y los usuarios; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias del OSITRAN, y sus normas modi fi catorias; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 027-2012-CD-OSITRAN del 19 de julio de 2012, se aprobó el proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la empresa concesionaria GYM S.A, el cual fue modi fi cado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 008-2015-CD-OSITRAN de fecha 18 de febrero de 2015; Que, el 26 de abril de 2018 y 29 de mayo de 2018, mediante los documentos de vistos, GYM FERROVÍAS S.A. remitió a OSITRAN el proyecto de modi fi cación de su Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios, a fi n de solicitar la aprobación del mismo; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN (ROF), aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM, establece que la Gerencia de Atención