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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (13/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de junio de 2018 / El Peruano la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 1.1 del inciso 1º, del Artículo 85º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades Provinciales establecen un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, norman el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares de nivel distrital o de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley; Que, el Artículo 3º, el Artículo 13º y el Artículo 17º de la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), tiene por objeto coordinar e fi cazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social; agregando que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como, ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC; Que, los Artículos 8º y 30º del Decreto Supremo Nº 011- 2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, señalan que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, es un componente del mencionado sistema, constituyendo una instancia de dialogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, que son Presididas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad, siendo una de sus funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC, para su rati fi cación mediante Ordenanza; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-2015-IN, se aprobó la Directiva Nº 001-2015-IN – “Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana”; Que, mediante Informe Nº 015-2018-GSC-MDLP, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, presenta “El Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018 del Distrito de La Perla”, que fuera aprobado con el Acta del 10 de Enero de 2018 por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC; Que, con Memorándum Nº 308-2018-GPP/MDLP de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, emite opinión favorable respecto al “Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018”, que tiene como objetivo principal identi fi car el mapa del delito, mapa de riesgo, problemática en educación y salubridad y reducir los niveles de victimización y percepción de inseguridad en el distrito, articulado con el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2018, Meta Nº 07: “Fortalecimiento de Acciones para la Seguridad Ciudadana”, programa Presupuestal 0030: “Reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana”; Que, el Informe Nº 317-2018-GAJ-MDLP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye y opina que se ratifi que el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018 del Distrito de La Perla, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO EN MAYORÍA de los señores Regidores, con dispensa del trámite de Comisión de Regidores y la dispensa de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018 DEL DISTRITO DE LA PERLA Artículo Primero.- RATIFICAR el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018 DEL DISTRITO DE LA PERLA, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, documento que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, designada como Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano; derivándose a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, para su publicación en el Portal Institucional (www.munilaperla.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DIOFÉMENES ARÍSTIDES ARANA ARRIOLA Alcalde 1658705-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza que rectifica errores materiales del tercer, décimo tercer y décimo octavo considerando de la Ordenanza Nº 012-2018-MPC ORDENANZA Nº 021-2018-MPC Cañete, 31 de mayo de 2018EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de mayo de 2018 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8) del Art. 9º de la Ley Orgánica antes mencionada, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas, y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº012-2018-MPC de fecha 19 de abril de 2018, se aprobó la Ordenanza que aprueba la Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, a través de los Procedimientos de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, solicitada por la Empresa Grupo AGV S.A.C.; Que, el Art. 210º del Reglamento de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, estipula en su numeral 1) que “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”, y el numeral 2) señala que “La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”;