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70 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de junio de 2018 / El Peruano N° CONCEPTO % U.I.T. SOLES (S/) 16 Por acta de remate frustrado 0.52% S/ 21.58 17Por acta de entrega de cheque de gerencia de embargo en forma de retención0.52% S/ 21.58 18 Por fi jación de carteles. 0.30% S/ 12.45 19Por ordenar el levantamiento de captura de vehículo.0.50% S/ 20.75 20Por ordenar el levantamiento de embargo en forma de inscripción de bienes inmuebles.1.50% S/ 62.25 21 Por cambio de depositario. 0.30% S/ 12.45 22 Por Acta de Juramentación y otras actas 0.20% S/ 8.30 23 Por o fi cios en general 0.20% S/ 8.30 24 Por partes registrales en general 0.40% S/ 16.60 25 Por razones e informes 0.15% S/ 6.23 26Derecho de transporte, almacenaje y retiro de bienes muebles embargados0.50% S/ 20.75 27 Gastos Administrativos10% del total liquidado de deuda con un monto mínimo de 1% de la U.I.T. y un máximo del 200% de la U.I.T. (*) Se sumarán los gastos en que incurra la Municipalidad (artículo 3°). (**) Se sumarán los gastos por el costo de la publicación (artículo 3°). 1659110-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban Reglamento para el proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2019 ORDENANZA Nº 202-2018-MDP/C Pachacámac, 17 de mayo del 2018EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de mayo del 2018, el Informe Nº 029-2018-MDP/GPP de fecha de 08 de mayo del 2018 e Informe Nº 204-2018-MDP/GAJ de fecha 11 de mayo 2018, respectivamente, y proyecto de Ordenanza que “Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en el Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2019”; y, CONSIDERANDO: Que el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional, precisa (...) que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Artículo 197º de la norma acotada, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo el Artículo 199º de la referida Carta Magna establece que los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participación de los pobladores y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley. Que, el Artículo 53º de la Ley Nº 27972 – Ley de Orgánica de Municipalidades, establece que (...) las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción, el presupuesto participativo forma parte del sistema de plani fi cación. Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo inefi cacias en la asignación de los recursos públicos. Que, es política de la actual gestión edil, impulsar la facultad del Concejo Municipal para aprobar las disposiciones necesarias que regulen el Proceso del Presupuesto Participativo del distrito para el Año Fiscal 2019, como instrumento democrático para la gestión del desarrollo local, a efectos de que las organizaciones sociales de la sociedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales en actividades que promuevan el desarrollo a través de los diversos mecanismos como medio de fortalecimiento de la democracia desde su base inicial. Que, con Informe Nº 029-2018-MDP/GPP de fecha de 08 de mayo del 2018, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto requiere se apruebe el proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2019. Que, con Informe Nº 204-2018-MDP/GAJ de fecha 11 de mayo 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, recomienda se declare procedente el proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo 2019 y se someta al Pleno del Concejo Municipal para su debate conforme lo dispone los numerales 1) y 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Estando a lo expuesto, y con el voto MAYORITARIO de los señores Regidores y en uso de las facultades conferidas por el numeral 1) y 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC PARA EL AÑO FISCAL 2019 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2019, que consta de 03 Títulos, 03 Capítulos, 17 Artículos y 04 Disposiciones Generales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Equipo Técnico Municipal responsable del Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2019, el mismo que estará conformado por las siguientes Unidades Orgánicas: - GERENTE DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO QUIEN LA PRESIDIRÁ - GERENTE DE DESARROLLO HUMANO Y PROMOCIÓN SOCIAL - GERENTE DE DESARROLLO URBANO Y RURAL- GERENTE DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y MEDIO AMBIENTE - GERENTE DE TURISMO Y DESARROLLO ECONÓMICO - GERENTE DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL - SUB GERENTE DE PARTICIPACIÓN VECINAL- SUB GERENTE DE JUVENTUD, EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma General de las Acciones del Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2019,