Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2018 (21/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Las IPRESS y UGIPRESS deberán:

NORMAS LEGALES
"3. FLUJO DEL PROCESO DE ENVÍO DE ARCHIVOS

Miércoles 21 de marzo de 2018 /

El Peruano

a. Registrar y Acreditar a sus usuarios ante SUSALUD. b. Consolidar y preparar la trama de datos según lo dispuesto en el Manual de Usuario SETI-IPRESS. c. Revisar la información preparada y consolidada previo a su carga en el SETI-IPRESS. d. Acceder al SETI-IPRESS y cargar los archivos con la información correspondiente, a fin de ser remitida a SUSALUD. e. Corregir los errores en los archivos rechazados por el SETI-IPRESS que no cumplan con las reglas de consistencia y validación. f. Remitir los archivos debidamente consistenciados y validados a SUSALUD. SUSALUD deberá: a. Tener disponible los servicios de validación de usuarios y el SETI-IPRESS. b. Aplicar las reglas de consistencia y validación a la información de acuerdo con la estructura de las tramas de datos establecida en el Manual de Usuario SETI-IPRESS. c. Otorgar la constancia de presentación de la declaración que contiene el número de operación por declaración." Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal institucional de SUSALUD (www.susalud.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1628433-1

y, los instrumentos internacionales adoptados por el Estado peruano como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará). Tercero. Que el Plan de Actividades de la Comisión de Justicia de Genero­2018, tiene como objetivos generales: 1) Implementar la transversalización del enfoque de género en la planificación institucional y en los procesos internos. 2) Impulsar la aprobación de normatividad y la implementación de políticas institucionales, que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres garantizando el derecho de acceso a la justicia en igualdad y libre de discriminación. 3) Fortalecer las capacidades de juezas y jueces, del personal jurisdiccional y administrativo, incorporando el enfoque de género para garantizar el acceso a la justicia en igualdad y libre de discriminación; y, 4) Desarrollar un sistema de información permanente que brinde insumos para la implementación de políticas institucionales con enfoque de género tendiente a la prevención y erradicación de la violencia de género. Estos objetivos generales tiene objetivos específicos que determinan el desarrollo de las actividades planificadas para el presente año judicial, con tareas específicas que deberán ser desarrolladas por las aéreas competentes, conforme se detalla en el documento anexo. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; evaluado el Plan de Actividades; y, en mérito al Acuerdo N° 156-2018 de la quinta sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More y Ruidías Farfán, sin la intervención de la señora Consejera Vera Meléndez y el señor Consejero Angulo Arana, quienes se encuentran en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan de Actividades 2018 de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial"; que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de actividades. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su debido cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Consejera Responsable del Programa Presupuestal "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" PpR 0067, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Responsable de la Oficina de Coordinación, Seguimiento y Monitoreo de Convenios Interinstitucionales; Centro de Investigaciones Judiciales, Oficina de Imagen y Prensa del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1628210-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban el "Plan de Actividades 2018 de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 068-2018-CE-PJ Lima, 6 de marzo de 2018 VISTO: El Oficio N° 003-2018-CJG-PJ, cursado por la señora Jueza Suprema titular Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la señora Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial remite para su aprobación el Plan de Actividades para el presente año judicial, que llevará a cabo la Comisión de Justicia de Género, teniendo en consideración su Plan de Trabajo 2017-2021, aprobado por Resolución Administrativa N° 123-2017-CE-PJ. Segundo. Que, al respecto, señala que por Acuerdo de Sala Plena N° 141-2016, de fecha 21 de julio de 2016, la Corte Suprema de Justicia de la República instituyó la política de enfoque de género en el Poder Judicial, para que se ejecute en todos sus niveles y estructuras organizacionales, en concordancia con las normas nacionales de obligatorio cumplimiento, tales como la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres;

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