Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Jueves 29 de marzo de 2018 /

El Peruano

Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora María del Rosario Uría Toro, Directora de la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, a la ciudad de Montego Bay, Jamaica, del 14 al 22 de abril de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demanden el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 7 días (6 días de viáticos + 1 por concepto de instalación) US$ 430,00 por día 3,010.00

Nombres y apellidos María del Rosario Uría Toro

Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ 1,036.83

TOTAL US$

4,046.83

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción 1632017-1

Aprueban Memoria Anual 2017 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 034-2018-SANIPES-DE Surquillo, 27 de marzo de 2018 VISTOS: El Informe N° 079-2018-SANIPES/OPP emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 120-2018-SANIPES/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 014-2016EF/51.01, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas aprueba el Texto Único Ordenado de la Directiva Nº 004-2015-EF/51.01: "Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales del Estado para la Elaboración de la Cuenta General de la República", aprobada por Resolución Directoral N° 016-2015- EF/51.01; Que, por otro lado, con la Resolución Directoral N° 014-2017-EF/51.01 de fecha 3 de noviembre de 2015, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas aprueba las modificaciones de la

referida Directiva, cuyo objetivo es establecer y uniformizar los procedimientos de cierre contable y presentación de la información financiera, presupuestaria y complementaria para la elaboración de la Cuenta General de la República y la estadística de las finanzas públicas; estableciendo en su numeral 4.3.4, 4.3, 4 el contenido de la Memoria Anual y que la presentación corresponde a la Alta Dirección de cada Entidad; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado el proyecto de Memoria Anual 2017 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, elevando dicho documento a la Secretaría General, a través del Informe N° 079-2018-SANIPES/OPP; asimismo, manifiesta que el Consejo Directivo de Entidad apruebe el proyecto de la "Memoria Anual 2017 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES", a propuesta de la Dirección Ejecutiva de la Entidad; Que, de conformidad con el inciso c) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene como una de sus funciones, la de: "Elaborar el proyecto de Memoria Anual e Informes de Gestión Institucional, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de competencia funcional de SANIPES"; Que, por su parte, el Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES tiene entre sus funciones: "Aprobar el Presupuesto Institucional, el Balance General y los Estados Financieros y la Memoria Anual presentados por la Dirección Ejecutiva", conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 11 del referido Reglamento; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el literal g) del artículo 18 del citado Reglamento, la Dirección Ejecutiva tiene como una de sus funciones: "Proponer al Consejo Directivo, el Presupuesto Institucional, Balance General, Estados Financieros, Memoria Anual y las evaluaciones que establezca la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, para su aprobación por el Consejo Directivo"; Que, al respecto, es preciso señalar que el Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES designado con Resolución Suprema N° 003-2018-PRODUCE de fecha 12 de marzo de 2018, no ha logrado instalarse a la fecha, por lo que resulta necesario que el Director Ejecutivo, titular de la Entidad, al ser el responsable del funcionamiento de los órganos de línea y de dar cumplimiento a los objetivos, estrategias y metas institucionales, conforme lo establece el artículo 14 del Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, apruebe la Memoria Anual de 2017 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, con cargo dar cuenta al Consejo Directivo cuando éste se instale; Que, en ese sentido, ante esta situación de excepción y considerando que la Memoria Anual 2017 de la Entidad debe ser aprobada hasta el 31 de marzo de 2018, por ser parte de los documentos que conforman la información contable, corresponde al Director Ejecutivo emitir un acto resolutivo que apruebe la Memoria Anual de 2017 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, de acuerdo al literal p) del artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, que establece como una de las funciones de la Dirección Ejecutiva la emisión de resoluciones en el ámbito de su competencia; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, el Decreto Supremo Nº 012-2013-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30063, Ley de Creación de SANIPES; el Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES; y, la Resolución Directoral N° 014-2017-EF/51.01, que aprueba las modificaciones en el Texto Único Ordenado de la Directiva Nº 004-2015-EF/51.01: "Presentación de

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