Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 29 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales del Estado para la Elaboración de la Cuenta General de la República", aprobada por Resolución Directoral N° 0162015- EF/51.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la Memoria Anual 2017 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, el mismo que en Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- DISPONER a la Secretaría General la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE Director Ejecutivo Organismo Nacional de Sanidad Pesquera 1632012-1

Designan funcionarios responsables de brindar información de acceso público y de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del SANIPES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 041-2018-SANIPES-DE Surquillo, 28 de marzo de 2018 VISTOS: El Informe N° 060-2018-SANIPES/OPP emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 116-2018-SANIPES/OAJ emitido por Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 2 de la referida Ley, el SANIPES tiene personería jurídica de derecho público interno, y cuenta con autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa; y, constituye pliego presupuestal; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, ahora bien, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala en su artículo 1 que, su finalidad es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información pública consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, por su parte, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N°072-2003PCM, señala que las entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la

información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; asimismo, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Informe Nº 060-2018-SANIPES/ OPP de fecha 1 de marzo de 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de SANIPES indica que a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 038-2015-SANIPES/DE, la Dirección Ejecutiva designó al Jefe de la Oficina de Administración, como el funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, por medio de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 039-2015-SANIPES/DE, la Dirección Ejecutiva designó al Secretario General, como funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Entidad; Que, asimismo, en el referido Informe se establece que el Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, señala que una de las funciones de la Secretaría General es la de: "Atender las acciones relativas al procedimiento de acceso a la información institucional conforme a la normatividad vigente, así como supervisar la actualización permanente del portal institucional y del portal de transparencia de SANIPES"; de la Jefatura de la Oficina de Administración es la de: "Supervisar la administración del portal web de SANIPES, la infraestructura tecnológica y de telecomunicaciones de SANIPES"; y, de la Jefatura de la Unidad de Tecnología de la Información es la de : "Administrar el soporte informático, supervisar la operación y mantenimiento de la red de comunicaciones"; Que, en tal sentido, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que existe incompatibilidad entre las funciones que se designaron en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 038-2015-SANIPES/DE y la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 039-2015-SANIPES/ DE, con las funciones que establece el Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, por lo que amerita la actualización de la designación de la siguiente manera: i) Secretaría General, como funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, ii) Jefatura de la Unidad de Tecnología e Informática de la Oficina de Administración, como funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar; Que, al respecto, con la finalidad de efectivizar las funciones de los Órganos y/o Unidades Orgánicas de la Entidad acordes a las atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, resulta pertinente que dichas facultades sean actualizadas conforme lo señala la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Que, en ese orden de ideas, se debe dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 038-2015-SANIPES/ DE de fecha 5 de mayo de 2015, y la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 039-2015-SANIPES/DE de fecha 6 de mayo de 2015, con la finalidad de proceder a la designación del nuevo funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, y del nuevo funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar; Que, los artículos 15, 16 y 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, contemplan las excepciones al ejercicio del derecho de acceso a la información

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