Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2018 (02/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Declaración Conjunta Presidencial de 30 de julio de 2001, tiene como objeto fortalecer e intensificar la confianza mutua en el campo de la seguridad y la defensa; Que, la última reunión de dicho mecanismo, presidido por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de Perú y Chile, se llevó a cabo en la ciudad de Lima, el 28 de junio de 2017; Que, se estima necesaria la participación del señor Viceministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Claudio De Zela Martínez, en la VI Reunión del Comité Permanente de Consulta y Coordinación Política Perú ­ Chile (2 + 2); Que, se ha previsto que el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, se realice en un vuelo oficial de la Fuerza Aérea del Perú; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 2567, del Despacho Viceministerial, de 19 de setiembre de 2018; y el Memorándum (OPR) N.° OPR00380/2018, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 2 de setiembre de 2018, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley N.° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor Viceministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Claudio De Zela Martínez, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para participar el 7 de noviembre de 2018, en la VI Reunión del Comité Permanente de Consulta y Coordinación Política Perú ­ Chile (2 + 2). Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Hugo Claudio de Zela Martínez Total Viáticos por día Número viáticos US$ de días US$ 370.00 1 370.00

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Centro de Inspecciones Técnicas Vehiculares León Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada como centro de inspección técnica vehicular para operar en local ubicado en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4590-2018-MTC/15 Lima, 15 de octubre de 2018 VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-223506-2018, presentada por la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES LEON SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ C.I.T.V. LEON S.R.L., así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como, verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-223506-2018 del 16 de agosto de 2018, la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES LEON SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ C.I.T.V. LEON S.R.L., en adelante la Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular­CITV fijo con una (01) línea de inspección técnica vehicular de tipo mixta y una (01) línea de inspección técnica vehicular de tipo combinada, en el local ubicado en la Av. Ocopilla N° 890, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que, mediante Oficio N° 6553-2018-MTC/15.03 del 28 de agosto de 2018 y notificado el mismo día, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial comunicó las observaciones advertidas en la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-250565-2018 del 12 de setiembre de 2018, la Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio N° 6553-2018-MTC/15.03; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 1019-2018MTC/15.03, en el cual se concluye que La Empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º de el Reglamento, y en aplicación de los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS; Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, con retención de su cargo, las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores, en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1708203-2

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