Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

81

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban los "Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero ­ Referéndum Nacional 2018"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000247-2018-JN/ONPE Lima, 15 de noviembre del 2018 VISTOS: el Informe N° 000251-2018-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000183-2018-GG/ONPE de la Gerencia General; así como, el Informe N° 000502-2018-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo N° 101-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 10 de octubre de 2018, el Presidente de la República convocó a Referéndum Nacional para el domingo 09 de diciembre de 2018; El artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (LOONPE), en concordancia con el artículo 37 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), establece que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares; ejerciendo sus atribuciones y funciones con sujeción a lo dispuesto en el artículo 182 de la Constitución Política del Perú y el literal c) del artículo 5 de la LOONPE; El artículo 224 de la LOE, señala que para el caso de Elecciones Generales y consultas populares tienen derecho a voto los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero; Asimismo, el Titulo X de la LOE otorga un tratamiento especial y diferenciado a la votación de los ciudadanos residentes en el extranjero respecto a las reglas que se tienen en cuenta para su participación en un proceso electoral o una consulta popular; De acuerdo con el literal k) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto tiene entre sus funciones coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la planificación y organización de los procesos electorales y consultas populares en el extranjero; Así, al haberse convocado a Referéndum Nacional 2018, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, como parte de la labor de coordinación citada precedentemente y en aras de garantizar a los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, el ejercicio de su derecho al sufragio, propone a la Gerencia General los "Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero Referéndum Nacional 2018", cuyo objetivo es establecer los parámetros para la ejecución de actividades electorales en el extranjero para el Referéndum Nacional 2018, mediante las Oficinas Consulares del Perú y a través del Ministerio de Relaciones Exteriores; Por su parte, la Gerencia General a través del Informe de vistos, recomienda la aprobación de los Lineamientos propuestos por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; En ese sentido, corresponde emitir la Resolución Jefatural que apruebe la propuesta de los "Lineamientos para las Actividades Electorales - Referéndum Nacional 2018"; De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como, en los literales s) y t) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución

Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; y en el artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009JUS; Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los "Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero ­ Referéndum Nacional 2018", que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL FRANCISCO COX GANOZA Jefe (i)

Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero REFERÉNDUM NACIONAL 2018 Noviembre, 2018 Contenido Presentación 1. Objetivo 2. Alcance 3. Base Normativa 4. Definiciones y Abreviaturas 4.1. Definiciones 4.2. Abreviaturas 5. Disposiciones Generales 6. Miembros de Mesa 6.1. Designación de los miembros de mesa y publicación 6.2. Tachas de los miembros de mesa 6.3. Publicación definitiva de miembros de mesa y entrega de credenciales 6.4. Atención de excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa 7. Capacitación Electoral 7.1. Capacitación de funcionarios consulares 7.2. Capacitación a miembros de Mesa 7.3. Capacitación a electores 8. Verificación de Locales de Votación 9. Despliegue del Material Electoral 10. Jornada Electoral 10.1. Acondicionamiento del local de votación 10.2. Organización del personal para la atención de mesas 10.3. Procedimiento para la fusión de mesas de sufragio 10.4. Instalación de mesas de sufragio 10.5. Sufragio 10.6. Escrutinio de votos 10.7. Acopio de actas y material electoral

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.