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43 NORMAS LEGALES Lunes 26 de noviembre de 2018 El Peruano / viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones o fi ciales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución SBS N° 1975-2018, ha aprobado medidas adicionales de austeridad para el ejercicio 2018, estableciéndose en el Artículo Primero, entre ellas, reducir en un diez por ciento (10%) el presupuesto total para el período mayo - diciembre del año 2018, de la partida Pasajes y viáticos; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018 y la Resolución SBS N° 1975-2018 sobre Medidas Adicionales de Austeridad para el Ejercicio 2018, que incorporan lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Jorge Yumi Taba, Coordinador General, María Fernanda García-Yrigoyen Maúrtua, Intendente de Prevención, Enlace y Cooperación, Verónica Boza Santaolalla, Intendente de Análisis Estratégico, y Claudia Alicia Canales Mayorga, Intendente de Supervisión, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, y del señor Fernando Javier Amorrortu Guerrero, Intendente de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, de la SBS, del 02 al 07 de diciembre de 2018 a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018, de acuerdo al siguiente detalle: Sergio Javier Espinosa Chiroque Pasaje aéreo US$ 1 007,48 Viáticos US$ 1 850,00 Jorge Yumi Taba Pasaje aéreo US$ 645,08Viáticos US$ 1 850,00 María Fernanda García-Yrigoyen Maúrtua Pasaje aéreo US$ 645,08 Viáticos US$ 1 850,00 Verónica Boza Santaolalla Pasaje aéreo US$ 645,08Viáticos US$ 1 850,00 Claudia Alicia Canales Mayorga Pasaje aéreo US$ 478,70 Viáticos US$ 1 850,00Fernando Javier Amorrortu Guerrero Pasaje aéreo US$ 645,08Viáticos US$ 1 850,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1715573-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan vigencia para el Ejercicio 2019 de la Ordenanza N° 352 que estableció el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios ORDENANZA N° 372 La Molina, 29 de octubre de 2018 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 21-2018 de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre el proyecto de Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2019, la vigencia de la Ordenanza N° 352, que estableció el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018; y, De conformidad con lo dispuesto por los numerales 8 y 9 del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, por unanimidad y con dispensa de trámite de su lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2019, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 352 QUE ESTABLECIÓ EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2018 Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2019, la vigencia de la Ordenanza N° 352 que estableció el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018, norma rati fi cada por Acuerdo de Concejo N° 522 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2017. Artículo Segundo.- FIJAR en S/ 1.91 (Uno con 91/100 soles) el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio